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20 jun 2023 - 9:24 a. m.

Reducción de la jornada de trabajo. ¿O no?

La reforma laboral estructural pondrá en jaque la Ley que ordena la disminución de horas laborales.

Godoy Córdoba

Santiago Martínez, socio de Godoy Córdoba

Godoy Córdoba

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En julio de 2021 se promulgó la Ley 2101 mediante la cual se reduce la jornada máxima legal semanal de 48 a 42 horas, con una disminución gradual de esos horarios que comienza a regir el próximo 15 de julio de 2023, pasando para este primer año a 47 horas semanales.

Sin duda, la Ley sobre reducción de la jornada no se promulgó en el mejor momento, pues la economía del país apenas se estaba reactivando del golpe de la pandemia cuando llegó una medida que, de diferentes maneras, incrementará los costos de producción.

En el momento en el que se propuso dicha reducción, tanto el Congreso como sus ponentes no solo escucharon los argumentos de quienes manifestaron su preocupación por el impacto de la medida, sino que también decidieron generar un periodo de implementación gradual, que comienza el próximo mes, como se mencionó anteriormente.

Luego de cientos de sesiones de trabajo, se han definido diversas corrientes que definen cómo las empresas y los diferentes empleadores se han preparado durante los dos últimos años para dar cumplimiento a la Ley 2101:

1. Aquellos que no pueden reducir las jornadas de trabajo por la naturaleza propia de su actividad empresarial y pagarán horas extras.
2. Quienes evalúan contratar más personas para poder dar cumplimiento a la medida, logrando reducir la jornada.
3. Los que apuestan por mejorar la productividad mediante herramientas tecnológicas y otros medios de sistematización.

Desde nuestra práctica profesional, siempre hemos procurado incentivar la idea de cuidar los puestos formales de trabajo y mejorar la calidad de vida de los trabajadores.

Por lo tanto, la opción de contratar más personas formales y lograr reducir las horas de trabajo ha sido nuestro norte aunque, lamentablemente, esta opción se ve dificultada por la cada vez más concreta posibilidad de aprobación de normas relacionadas con restricción de despidos, mayores sobrecostos a la nómina y rigidez en la contratación, entre otras, derivadas de los proyectos de Ley de Reforma Laboral.

Esto ha provocado que se fortalezcan las dos opciones restantes: pagar como horas extra el diferencial para mantener las 48 horas semanales y sistematizar procesos en busca de mejorar la eficiencia.

En principio, la opción de pagar horas extras y mantener la jornada suena atractiva, ya que el trabajador ganaría más al mes, pero eso genera ciertas inquietudes: ¿El objetivo de la norma no era que el trabajador tuviera más tiempo libre? ¿Los sobrecostos serán pagados por los consumidores? ¿Incrementar precios de bienes y servicios agravará la tendencia inflacionaria de la economía?

Entonces, queda la opción de sistematizar, que conlleva una inversión significativa de dinero y un costo social relevante, ya que no se debe olvidar que somos un país con una tasa de desempleo que supera el 10% y cuya informalidad es cercana al 60%, algo que genera un dilema moral para cualquier empresario.

Esta minúscula modificación, en comparación con todo lo que se pretende cambiar en la reforma laboral en curso, debería dejarnos algunos aprendizajes: es necesario mejorar las normas acerca de cómo se radican los proyectos con base en los aportes de los diferentes actores, dar debates de fondo y no sacar normas a pupitrazo, y evaluar el momento más indicado para implementarlas.

Por otra parte, pretender hacer tantos cambios estructurales en tan poco tiempo puede provocar efectos colaterales adversos, reconociendo que el desarrollo empresarial y el mejoramiento de calidad de vida de los trabajadores no es una bandera de los políticos de izquierda o derecha, sino un anhelo y una responsabilidad de todos.

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