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Economía

07 sept 2020 - 4:49 p. m.

Inician los vencimientos para el pago del IVA cuatrimestral

Los responsables del impuesto deben presentar su declaración entre el 8 y el 21 de septiembre.

Declaración de renta

En la declaración de IVA se deben incluir todas las ventas, gravadas, no gravadas y excluidas.

123RF

POR:
Portafolio
07 sept 2020 - 4:49 p. m.

Desde este 8 de septiembre inician los vencimientos para el pago del IVA cuatrimestral. Los responsables de este impuesto son personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2019 sean inferiores a noventa y dos mil (92.000) UVT ($3.152.840.000)

(Lea: Así quedó el calendario tributario para este 2020)

Para estos casos, los vencimientos son: primer cuatrimestre: entre el 12 y el 26 de mayo; segundo cuatrimestre: entre el 8 y el 21 de septiembre; tercer cuatrimestre: entre el 13 y el 26 de enero de 2021.

Por su parte, la declaración y pago bimestral aplica para grandes contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2019, sean iguales o superiores a noventa y dos mil (92.000) UVT, ($3.152.840.000) así como los responsables de que tratan los artículos 477 y 481 del Estatuto Tributario, deberán presentar la declaración del impuesto sobre las ventas y pagar de manera bimestral, dependiendo del último dígito del NIT.

Los vencimientos para declaración y pago bimestral en 2020 serán: primer bimestre: entre el 10 y el 24 de marzo; segundo bimestre: entre el 12 y el 26 de mayo; tercer bimestre: entre el 7 y el 21 de julio; cuarto bimestre: entre el 8 y el 21 de septiembre; quinto bimestre: entre el 10 y el 24 de noviembre y sexto bimestre entre el 13 y el 26 de enero de 2021.

En la declaración de IVA se deben incluir todas las ventas, gravadas, no gravadas y excluidas. Al igual que todas las compras, incluso si no son gravadas, o no dan derecho a descuento en el Iva, como puede ser la compra de activos fijos.

Se deben declarar los impuestos descontables o Iva que se pagaron en las compras, las retenciones en la fuente por Iva que le haya practicado al responsable, y lo mismo que el Iva generado según las tarifas aplicadas.

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