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Economía

18 nov 2021 - 1:15 p. m.

Carné de vacunación: ¿al fin lo pedirán para el día sin IVA?

Gobierno reiteró que la exigencia de este documento es para actividades de ocio y no para el comercio en general.

Día sin IVA

Comercio aplicará medidas de bioseguridad para la jornada. 

CEET

POR:
Portafolio
18 nov 2021 - 1:15 p. m.

Este viernes 19 de noviembre, se realizará en Colombia la segunda jornada del día sin IVA de las tres que se contemplaron para este año, con las que el comercio espera impulsar la reactivación económica y acelerar las ventas.

(Día sin IVA: ajustes que el comercio prepara para la segunda jornada). 

Esta jornada se da tres días después de que entrara en vigencia en el país la exigencia del carné de vacunación para ciertas actividades y eventos presenciales, razón por la cual surgen varias dudas sobre los requisitos para el ingreso a establecimientos comerciales en el marco de esta fecha.

Con el fin de aclarar cuáles son las condiciones para la realización de la segunda jornada del día sin IVA, el Gobierno Nacional, a través de una circular conjunta del Ministerio de Interior, Salud, Turismo y Comercio, reiteró las medidas para el desarrollo de la jornada de descuentos de este 19 de noviembre.

(Comercio espera vender 6 billones de pesos el segundo día sin IVA). 

En este documento se establece que “la medida no contempla las actividades comerciales diferentes a las ya nombradas que se desarrollen en estricto cumplimiento de los protocolos de bioseguridad al interior de los centros comerciales”.

Esto quiere decir que la exigencia del carné de vacunas no se aplica todos los establecimientos comerciales, sino para aquellos que prestan actividades de ocio o “eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva y bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades en escenarios deportivos, como parque diversiones, temáticos y museos”.

(Black Friday y días sin IVA: las jornadas de descuentos que se vienen). 

La circular aclara que si algún mandatario desea modificar o implementar nuevas medidas se hace necesario que hagan el trámite ante las autoridades competentes, “las instrucciones especiales que adopten o expidan las autoridades territoriales deberán ser previamente coordinadas en el Ministerio del Interior y el Ministerio de Salud, así como con la Fuerza Pública en aras de garantizar los dispositivos y el despliegue necesario para garantizar la seguridad y convivencia ciudadana”, dice el documento.

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