A través del decreto 2292 del 29 de diciembre de 2023, el Gobierno Nacional estableció que el salario mínimo para 2024 se incrementará un 12,07 %. De esta manera, el monto de esta remuneración para el próximo año será de $1'300.000.
En lo que se refiere al auxilio de transporte, según lo definido en el decreto 2293, este subirá 15 % y quedará en $162.000.
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Esta decisión tendrá un efecto directo en 2'600.000 personas que devengan esta sueldo al mes, según datos recopilados por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) y presentados por el Ministerio de Trabajo.
En ese contexto, ¿quiénes están exentos de esta alza?
Este incremento no aplica para aquellos colombianos que trabajan en la informalidad y que no cuentan con un contrato o con prestaciones sociales. De acuerdo con los datos del Dane, para el trimestre agosto-octubre, la tasa de informalidad se ubicó en 55,7 %.
Dentro de estas exenciones también se incluyen los trabajadores independientes o que laboran bajo otro tipo de vinculación, como lo son los empleados con contratos por prestación de servicios.
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En el caso de las personas que reciben un salario mensual superior al mínimo, tampoco se aplica este incremento. De hecho, no hay una normativa específica que les indique a los empleadores o empresas cuánto deben subirle a la remuneración de sus empleados.
Algunos empleadores suelen tomar como referencia el IPC (Índice de Precios del Consumidor) para realizar los cálculos internos relacionados con el ajuste salarial. En ese sentido, el último dato del que se tiene registro corresponde a la cifra de noviembre, que fue de 10,15 %.
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