Carlos

Nuestra Política de Tratamiento de Datos Personales ha cambiado. Conócela haciendo clic aquí.

close

Finanzas

19 nov 2017 - 7:48 p. m.

Listo registro de profesionales de compra y venta de divisas

Entre las obligaciones de los autorizados para el registro de compra y venta de divisas y cheques de viajero, figuran presentar a la Dian los datos de todas sus operaciones.

Billetes

Archivo Portafolio.co

Archivo Portafolio.co

POR:
Portafolio
19 nov 2017 - 7:48 p. m.

El pasado 3 de noviembre, la Dian expidió la Resolución 000061 de 2017, mediante la cual estableció, en primer lugar, los requisitos, condiciones y procedimientos para acceder al registro de profesionales de compra y venta de divisas y cheques de viajero; en segundo término, los requisitos y trámites para acreditarse como corresponsal cambiario; y por último, el régimen aplicable a la actividad de los profesionales de cambio en materia de Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT-FPADM).

Lea: (Procuraduría pide al Gobierno no tramitar decreto que modifica la canalización de divisas).

El artículo 4º del Título II de la norma, consagra los requisitos para acceder al registro de profesionales de compra y venta de divisas y cheques de viajero, entre los que se cuentan: ser residente en el país de acuerdo con los criterios de ley; ser comerciante inscrito en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio con jurisdicción en el lugar donde va a desarrollar la actividad; estar inscrito en el Registro Único Tributario (RUT) con las responsabilidades fiscales a que esté obligado en el momento de presentar la solicitud; tener por lo menos un (1) establecimiento de comercio matriculado en la Cámara de Comercio con jurisdicción en el territorio correspondiente donde se ejercerá la actividad de compra y venta de manera profesional; no haber sido condenado a pena privativa de la libertad mediante sentencia en firme (personas naturales y representantes legales de las personas jurídicas) dentro de los cinco (5) años anteriores a la presentación de la solicitud, con excepción de delitos políticos o culposos que no hayan afectado a la Administración Pública; no haber recibido sanciones como persona natural o jurídica con imposición de multas, infracciones cambiarias o investigaciones administrativas con pago de la sanción reducida; y tener un Sistema de Administración del Riesgo de LA/FT-FPADM, ajustado a la actividad que aspira ejercer.

Entre las obligaciones a cargo de las personas autorizadas para acceder al registro de compra y venta de divisas y cheques de viajero (Capítulo V de la norma), se encuentran las de procesar y presentar a la Dian la información de todas las operaciones que realicen, y asímismo, llevarlas a cabo a través de la ventanilla del establecimiento de comercio o del lugar para el ejercicio de la actividad que haya sido autorizado. Igualmente, deberán cumplir con todas las obligaciones de la aplicación del Sistema de Administración del Riesgo (LA/FT-FPADM) y tener designado un oficial de cumplimiento para estos efectos.

Lo más leído

Destacados

Más Portales

cerrar pauta