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Gobierno

31 ene 2022 - 6:29 p. m.

'Cláusula Petro': ¿es legal implementar esta condición en contratos?

Una reciente columna de opinión reveló que se estarían firmando relaciones comerciales dependiendo de si el candidato llega o no a la Presidencia. 

Gustavo Petro

Gustavo Petro en su discurso de concesión de victoria a Iván Duque como nuevo presidente de Colombia.

JUAN DIEGO BUITRAGO/CEET

POR:
Portafolio

Ramiro Bejarano, abogado y ex director del Departamento Administrativo de Seguridad de Colombia, reveló algunos detalles sobre una supuesta condición contractual que se conocería como 'cláusula Petro'. 

(Lea: ¿Efecto Petro?: sus posiciones estarían afectando bonos de Ecopetrol). 

En el texto, publicado en el diario 'El Espectador', Bejarano asegura que se estarían firmando algunos contratos poniendo como regla los resultados de las elecciones presidenciales del 2022. 

"Pactan que el contrato solo empezaría a ejecutarse si Petro resulta vencido en las elecciones presidenciales, o que se deje sin efectos si llegare a convertirse en presidente", se escribe en la columna. 

Ante esta situación, Portafolio habló con Edgar Iván León, abogado especialista en derecho comercial y profesor de la Universidad Sergio Arboleda, sobre la legalidad de esta presunta cláusula, de la que Bejarano, valga la aclaración, comentó que se estaría presentando en el sector empresarial con proyectos de inversión extranjera, pero no profundizó sobre entre quiénes la estarían pactando.

El experto explica que, en el marco del derecho privado, están permitidas este tipo de cláusulas, las cuales son condiciones frente a posibles hechos futuros. En este caso, uno político. 

(Además: Petro, ‘Fico’, Fajardo y Hernández, ‘pican en punta’ a la Presidencia). 

"Es plenamente válido frente a una situación en la que una persona sea elegida y vaya en contravía del sistema económico o genere cambios radicales en este", afirma.

En este sentido, la cláusula es una condición para una situación que puede generar ciertos riesgos. 

En el marco jurídico colombiano es permitida, agregó el experto, y se puede dar en otros contextos. Por ejemplo, en caso de un riesgo económico en el que el precio del dólar pueda afectar el desenlace del contrato. 

"A esto se le llama condición causal, lo que implica que una vez ocurrida la situación a la que está condicionada el contrato, este se puede terminar o devolver las cosas a su estado original", explica León. 

En el caso de un arrendamiento, por ejemplo, la persona podría dar por finalizado el contrato. 

Ahora bien, otro de los riesgos posibles son los legislativos. "En estos casos, la llegada al poder de ciertas personas implicaría cambios drásticos en la normatividad", complementó. 

Por otra parte, el abogado Carlos Camargo asegura que "la implementación de este tipo de cláusulas, por muy consensuadas que puedan llegar a ser, podrían llegar a declararse ineficaces por jueces de la República". 

(Lea: ‘Necesitamos una contra reforma tributaria’: Camilo Romero). 

En este sentido, ambas partes deben acordar las condiciones de la cláusula. 

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