Carlos

Nuestra Política de Tratamiento de Datos Personales ha cambiado. Conócela haciendo clic aquí.

close

Gobierno

24 may 2024 - 5:41 p. m.

Emergencia económica: ¿en qué consiste y que le permitiría hacer al Presidente?

Por medio de un mensaje en X, Petro dijo que su Gobierno no dudará en acudir a esta figura si el Congreso no le aprueba más cupo de endeudamiento.

Billetes
POR:
24 may 2024 - 5:41 p. m.
Portafolio

El presidente Gustavo Petro amenazó este viernes con declarar emergencia en Colombia en caso de que el Congreso no apruebe aumentar el cupo de endeudamiento.

(Lea: La amenaza de Petro: declararía emergencia económica si no aprueban el techo de deuda).

El Gobierno Nacional busca modificar el techo de deuda con el fin de tener mayor flujo de caja (US$17.000 millones). Sin embargo, para que esto ocurra el Congreso debe aprobar la iniciativa antes del 20 de junio o de lo contrario se hundiría.

Ante la posibilidad de que esto ocurra, el presidente Petro dijo que no dudará en decretar la emergencia económica si las comisiones terceras de Cámara y Senado no aprobaran el proyecto.

(Vea: Publican la hoja de vida de quien sería el reemplazo del Luis Carlos Reyes en la Dian). 

“Invito a las comisiones terceras a la responsabilidad fiscal. Gobierno y oposición en el Congreso deben unirse en este proyecto y propósito”, escribió el jefe de Estado en su cuenta de X.

¿Qué es una declaratoria de Estado de emergencia?

Frente a esta advertencia, surge la duda entonces sobre en qué consiste el estado de emergencia económica y qué facultades le otorgaría al Presidente en caso de que la implemente. 

De acuerdo con la Constitución Política de Colombia, el jefe de Estado puede acudir a esta figura cuando se presenten hechos que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico y social o que constituyan una calamidad pública.

(Además: Menos de un mes le queda al Gobierno Petro para sincerar sus cuentas fiscales).

De esta manera, la ley le permitirá al Presidente de la República actuar con medidas especiales para hacer frente a la situación de crisis y a su vez, minimizar la expansión de los efectos de esta, mediante la expedición de decretos con fuerza de ley. 

Cabe señalar que las medidas de financiamiento para atender la estrategia de la emergencia económica corresponden principalmente a una estrategia óptima de utilización de los activos del Estado colombiano.

Por tanto, el Presidente puede disponer de los recursos para atender la crisis. Según lo define la Constitución, las medidas no implican una mayor necesidad de financiamiento del Gobierno nacional ni presiones en el mercado de TES. De esta manera, la atención de las necesidades adicionales actuales no pone en riesgo la sostenibilidad de la política fiscal del país. 

PORTAFOLIO

Lo más leído

Destacados

Más Portales

cerrar pauta