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Gobierno

29 may 2019 - 12:16 p. m.

Lista nueva reglamentación para patinetas eléctricas en Bogotá 

El nuevo protocolo estipula temas de seguridad, los espacios que se deben utilizar y las normas para los usuarios.

Patinetas eléctricas

El uso de patinetas eléctricas se ha convertido en una nueva apuesta de movilidad alternativa de algunas empresas.

Archivo particular

POR:
Portafolio
29 may 2019 - 12:16 p. m.

La Secretaría de Movilidad de Bogotá expidió la nueva reglamentación con la cual pretende poner fin al problema de las patinetas eléctricas parqueadas en el espacio público de la ciudad, situación que llevó a la inmovilización de muchos de estos vehículos por parte de la autoridad competente.

(Lea: Firmas de patinetas pagarían por usar el espacio público)

Según la resolución 209 del 2019, que establece el protocolo para el aprovechamiento económico del espacio público por el alquiler o uso compartido de patinetas o bicicletas, los empresarios interesados en entrar en este negocio deberán firmar un contrato con la Alcaldía de Bogotá para poder explotar este servicio.

(Lea: Firmas de patinetas proponen solución a sus 'scooters' mal parqueadas)

Además, estipula temas de seguridad, los espacios que se deben utilizar y las normas para los usuarios. Por una parte, será la Secretaría de Movilidad la encargada de delimitar las zonas en las que se pueden dejar parqueadas las patinetas eléctricas, que tendrán un cupo limitad.

Este protocolo implica que la Secretaría de Movilidad autorizará áreas de calzadas vehiculares en las que se podrá desarrollar esta actividad y que el aprovechador tendrá que retribuirle al Distrito en dinero, en especie o mixto por utilizar el espacio público. De igual manera, se establecerán espacios para las estaciones de bicicletas.

Por otro lado, los proveedores del servicio deberán encargarse de que el usuario conozca a través de avisos los protocolos de este medio de transporte. Normas de circulación, multas, recargos y otros cargos.

A partir de este protocolo se espera que la Secretaría de Movilidad defina los costos que tendrá que pagar quien se aproveche del espacio público para el alquiler, el cual, en todo caso, debe observar los principios de seguridad vial, uso adecuado del espacio público, facilitad de uso de parte de los usuarios (en tarifas, inscripción y acceso), protección al usuario, gestión con las comunidades para mitigar los riesgos sociales del aprovechamiento del espacio público y datos abiertos sobre uso y desempeño del sistema.

La velocidad de las patinetas no podrá ser superior a los 20 kilómetros por hora, deberán tener freno, timbre, luz blanca delantera, luz roja trasera, pie de apoyo, dispositivo para su geolocalización (GPS) y número único de identificación visible en cada patineta.

La resolución señala de manera taxativa las zonas donde no se podrá ejercer el alquiler, pero todavía no se han revelado las zonas donde sí se podrán realizar.

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