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Impuestos

03 ene 2017 - 11:48 a. m.

Con impuestos nuevos y alzas en cigarrillos y gasolina, inició el 2017

En el caso del tabaco se incrementó en $700 por cajetilla de 20 unidades, mientras que el combustible subió $135. 

Brasil, uno de los países exportación de crudo, tiene el precio de la gasolina por litro en 1.22 dólares.
POR:
Portafolio
03 ene 2017 - 11:48 a. m.

Con el inicio del año llegaron varios incrementos en los precios de los productos que diariamente se consumen. Con la entrada en vigencia de la reforma tributaria se aumentaron los precios de los cigarrillos y la gasolina entre otros. El IVA ya es del 19%, pero hasta el primero de febrero tendrán plazo las grandes superficies para remarcar los precios en sus estanterías.

(Lea: Este sería el impacto de los nuevos impuestos en la canasta familiar)

A mitad de año comenzará el cobro de las bolas plásticas. Desde el primero de enero los cigarrillos tienen un incremento en su precio de $700 por cajetilla de 20 unidades, correspondientes al alza en el impuesto que les corresponde. La gasolina por su parte tuvo un alza de $135 por galón en tanto que el ACPM aumentó en $152.

La Dian precisó que si bien la reforma tributaria entró en vigencia desde el primero de enero, de acuerdo a la norma de transición y con el fin de evitar traumatismos a los establecimientos de comercio que venden bienes y servicios sujetos a este impuesto y que a la fecha de entrada en vigencia de la ley tienen sus mercancías con un valor de venta al público establecido con la tarifa anterior, (es decir, IVA del 16% o del 5%, según corresponda), podrán seguir vendiendo con esos precios hasta que se agoten existencias o hasta el 31 de enero de 2017. A partir del 1° de febrero todos los bienes deben tener incorporada la nueva tarifa.

(Lea: Valor de los peajes subirá entre el 6 y el 16 de enero)

Otro de los aspectos a tener en cuenta con el inicio del 2017 es el relacionado al pago y la declaración de renta. Las personas jurídicas tendrán que comenzar a realizar el pago de su impuesto de renta desde febrero, mientras que las personas naturales lo harán entre agosto y octubre.

Las personas jurídicas y demás contribuyentes deberán cumplir con la primera cuota de esta obligación entre el 11 de abril y el 11 de mayo, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT, mientras que el otro porcentaje del impuesto a cargo deberán pagarlo entre del 8 al 22 de junio del próximo año, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

(Lea: ¿Otro año en reversa?)

En el caso de los grandes contribuyentes, el plazo para pagar el valor de la primera cuota (de tres), se cumplirá entre el 8 y 21 de febrero; para la segunda será entre el 11 y el 23 de abril; y la tercera deberán pagarla entre el 8 y 23 de junio de 2017, esto se realiza dependiendo del último dígito del NIT.

Así mismo, la Dian informó que la tasa de interés moratorio para liquidar las obligaciones administradas por dicha entidad para el trimestre del primero de enero al 31 de marzo de 2017, será del 31,51% efectivo anual. Esta se determinó con base en la certificación expedida el pasado 26 de diciembre de 2016 por la Superintendencia Financiera de Colombia, para la tasa de usura en las modalidades de crédito de consumo, la cual fue de 33,51% efectivo anual.

El impacto de la reforma en la economía del país está calculado por el Dane en alrededor del 0,58% sobre la inflación total del 2017. Este año el Banco de la República espera que el IPC termine dentro del rango meta, es decir, entre el 2% y el 4%, de no conseguir dicho objetivo sería el tercer año consecutivo en el que el Emisor no logra mantener controlada la inflación en el país.

Para lograrlo, el banco central elevó durante el año anterior sus tasas de interés hasta el 7,75%, posteriormente la redujo 25 puntos básicos para darle un incentivo al crecimiento económico que se vio afectado por cuenta de dichos ajustes en la política monetaria del país.

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