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Economía

20 oct 2016 - 12:12 a. m.

El plan para simplificar los impuestos a las empresas

La idea, explicó el funcionario Mauricio Cárdenas, es que desde el 2019 la tarifa única del impuesto de renta quede en el 32 por ciento. 

Industria

Archivo Portafolio.co

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20 oct 2016 - 12:12 a. m.

Luego de casi dos años en los que los empresarios colombianos insistieron en una reforma estructural que corrigiera el incremento que sintieron en la carga tributaria con los ajustes anteriores, el Gobierno puso sobre la mesa las cartas con las cuales podrían darles un alivio.

El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, explicó que, con el fin de incentivar el empleo y la inversión, un primer paso será simplificar la tributación.

En ese sentido, las empresas pagarán un solo impuesto de renta, que reemplazará a los cuatro que hoy pagan (CREE, renta, sobretasa y riqueza).

Sin embargo, la disminución del imporrenta será gradual. Para dar una idea, el año entrante, con esos cuatro tributos, la tarifa de las empresas con ingresos superiores a 800 millones de pesos sería de 42%, pero con el impuesto unificado, la tarifa será de 39 % (34 puntos de renta más 5 de sobretasa).

En el 2018, la tarifa bajará a 36% (33 de impuesto de renta más 3 puntos de sobretasa). En las condiciones actuales, en ese año las empresas estarían pagando 43 por ciento.

La idea, explicó el funcionario, es que desde el 2019 la tarifa única del impuesto de renta quede en el 32 por ciento.

De todas maneras, lo que se llevó al Congreso plantea conservar algunos de los beneficios del CREE, como la exoneración a las empresas de los parafiscales y los aportes de salud correspondientes a los trabajadores que devenguen menos de 10 salarios mínimos.

De igual manera, se contempla que 9 puntos del impuesto a las empresas tendrán la misma destinación del CREE (Icbf, Sena, sistema de salud, primera infancia y educación).

En cuanto a quienes están en regímenes especiales, como los de las zonas francas, la idea es que mantengan beneficios, de manera que pagarán 10 puntos porcentuales menos del impuesto de renta, sin sobretasas.

Igualmente, quienes están bajo la figura de los contratos de estabilidad jurídica, mantendrán las condiciones allí establecidas.

Por otra parte, y ante una de las inquietudes que manifestó el sector privado, en la exposición de motivos que presentó el Gobierno, se concluye que la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (Niif) sí pueden coexistir con las normas tributarias, y “que el cálculo del pago de tributos nace de la técnica contable, y en la medida en que dicha técnica sea aplicada correctamente, los resultados tributarios generados serán los apropiados”.

Cárdenas recordó que se planteará un monotributo para los comerciantes que están obligados a declarar renta, en particular aquellos cuyos ingresos anuales están entre 41 millones y 104 millones de pesos.

De acuerdo con los cálculos realizados por la Dian y el Minhacienda, la tarifa oscilaría entre los 120.000 y los 240.00 pesos trimestrales.

Parte de ese pago iría al programa de Beneficios Económicos Periódicos (pensión para los más pobres) y habrá ventajas en cajas de compensación y riesgos laborales.

El monotributo es opcional, de manera que quienes no accedan a él, deberán declarar renta como personas naturales.

IMPUESTO A LOS DIVIDENDOS

Sobre los dividendos, el titular de la cartera de Hacienda manifestó que los colombianos que reciban dividendos menores a $17,8 millones no pagarán impuestos. Quienes tengan este beneficio entre $17.851.000 y $29 millones pagarán el 5% y los dividendos superiores a este monto pagarán el 10%.

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