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Economía

13 jun 2017 - 10:01 p. m.

‘No existía una institucionalidad para la búsqueda de empleo’

Los decretos 2089 y 1668 expedidos por el Servicio Público de Empleo pusieron orden a la demanda y oferta laboral para la explotación petrolera.

Claudia Ximena Camacho

Claudia Ximena Camacho, directora del SPE. indica que aparecieron una serie de hechos que generaron este complejo panorama laboral.

SPE

POR:
Portafolio
13 jun 2017 - 10:01 p. m.

Los decretos 2089 y 1668, expedidos por el Servicio Público de Empleo (SPE) pusieron la casa en orden en cuando a contratación laboral en los municipios del país donde existe operación petrolera, y señalan las normas que la vinculación solo se realiza a través de sus agencias.

En diálogo con Portafolio, Claudia Ximena Camacho, directora del SPE, explica como su entidad organizó la dinámica laboral en los proyectos donde se desarrolla la producción de hidrocarburos.

Precisa la funcionaria que además de acabar con la intermediación laboral ilegal en las zonas petroleras, que cobraba hasta comisiones del 20% para aquellos aspirantes que buscaban un lugar en un campo de producción, devolvió a estas empresas la estabilidad que demandaban porque se acabó la alta rotación.

¿Por qué fue necesario expedir los decretos 2089 y 1668?

En las zonas productoras de hidrocarburos la economía se mueve al ritmo de las compañías petroleras. Lo que se busca es equilibrar la oferta y la demanda. Hacer que las empresas consigan fácilmente y a menor costo la mano de obra, y los aspirantes encuentren de forma rápida, de manera transparente y oportuna el empleo que están buscando.

¿Cuáles fueron las razones para la creación de estos decretos?

En las zonas petroleras no existía una institucionalidad para la búsqueda de empleo. La industria petrolera se había convertido en un para-estado. Era la que definía la política de desarrollo de los municipios. No habían reglas definidas en cuanto a oferta y demanda. Surgieron una serie de actores que se ofrecieron como intermediarios para llenar la vacantes.

¿Quiénes eran estos actores?

Las juntas de acción comunal, y otros actores ilegales, que montaron un negocio en el que cobraban comisiones a los aspirantes. Además de la alta rotación, porque los cambios se realizaban con meses de diferencia, estos intermediarios manipulaban la fuerza laboral de las regiones. Definían los nombres que integraban las listas y el tiempo que ocupaban en cada cargo.

¿Las petroleras informaron esta situación?

Sí. Pero la situación se presentó por responsabilidad de ambas partes. Confluyeron diferentes actores ilegales. Y muchas veces la industria petrolera para evitar los paros y saboteos, accedió a que solo estos intermediarios fueran los que proveyeran la mano de obra. Aparecieron una serie de hechos que generaron este complejo panorama laboral.
Hay reclamos legítimos de parte y parte. Las comunidades demandaban su participación en los proyectos.

¿Cómo se hace la gestión a través del SPE?

Sin intermediarios. Y sin el cobro de comisiones. Se hace a través de las agencias del SEP en el país. De manera gratuita y transparente se presta el servicio para los empresarios y trabajadores. Se regula la intermediación laboral ilegal y se protege la mano de obra local.

¿Cuál era el ambiente en las zonas petroleras con la llegada del SPE?


Se presentó mucha conflictividad. Eran regiones donde operaba la intermediación ilegal. Cuando llegaron las agencias del SPE se desató una resistencia, como fue el caso de Acacías (Meta) y El Centro (Santander).

¿El decreto 2089 cómo regula el servicio de empleo en las zonas petrolíferas?

Fue en el 2014. Era transitorio y por dos años. Tenía dos objetivos: hacer más transparente las formas de contratación, y regular los servicios de intermediación laboral. Además, se controlaba a las personas que ofrecían de manera gratuita el servicio en las agencias de la SPE. Además fijaba unos porcentajes de contratación en la mano de obra local. Es decir, 100% no calificada y 30% calificada que pertenecieran a la zona de influencia de la actividad.

¿Por qué fue transitorio este decreto?

Dada la conflictividad en las zonas para la entrada del SPE, se fijó su transitoriedad. Era mientras se lograba implementar las agencias en todo el territorio nacional. Este decreto se acompañó de la resolución 5050 que indicó los municipios que eran cobijados con la transitoriedad. También se presentó el hecho de que varios intermediarios regularizaron su situación y legalizaron su actividad bajo las normas del SPE.

El decreto 1668 ajustó vacíos normativos del decreto 2089...

En el 2016 se vencía el período de vigencia del decreto 2089. La experiencia de dos años sirvió para hacer ajustes a cada uno de los procesos para hacer más efectiva la tarea. Así, se expidió el decreto 1668.

¿Cuáles son las claves de este decreto?

Primero, aclaró que ya no era una norma transitoria. Segundo, sus efectos se extendieron a todo el territorio nacional. Tercero, las agencias del SPE son las autorizadas para realizar los procesos de selección según la oferta de las empresas petroleras.
Cuarto, se mantienen los porcentajes de contratación estimados en el decreto 2089, pero aclarando que va hasta un 30% en mano de obra local calificada. Quinto, el área de influencia ya no solo se remite a las veredas, sino que se amplía a la cabecera municipal.

¿Cómo supervisa el SPE las áreas de influencia?

La convocatoria se hace en todo el municipio con prioridad en las veredas, pero no volverla exclusiva de ese lugar. Se abre el espectro laboral para beneficiar a todos los habitantes de la comunidad (cabecera municipal y veredas). Por esta razón se expide la resolución 145, la cual establece los lineamientos para que las agencias del SPE desarrollen los procesos de selección.

¿Cómo se hacen las convocatorias?

Se hace a través de las agencias para la gestión y colocación autorizadas por el SPE.
Actores como las alcaldías, las cajas de compensación familiar, el SENA y privados con autorización, como asociaciones de trabajadores y juntas de acción comunal. Las petroleras acuden a las agencias y registran el perfil de la vacante. Así mismo, hacen este mismo procedimiento los aspirantes. Pero al final la compañía es la que termina escogiendo al trabajador. Nosotros llegamos a una preselección donde se entregan los nombres de tres candidatos calificados y cinco no calificados.

Alfonso López Suárez
Redacción Portafolio

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