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Economía

19 feb 2020 - 7:59 a. m.

Así avanza la movilidad de Bogotá, afectada por protestas

Este miércoles se cumplen tres días de movilizaciones y actividades de los conductores de vehículos de carga. Se registran bloqueos.  

Transportadores de carga

Transportadores de carga llevan tres días de protestas en Bogotá.

Archivo particular

POR:
Portafolio
19 feb 2020 - 7:59 a. m.

Varios puntos de la ciudad registran afectaciones de movilidad por cuenta de la protesta de conductores de carga que ya cumple su tercer día.

Según reporte de las autoridades de movilidad de la capital, los corredores con concentración de transportadores de carga son:   

▪️Carrera 7 con calle 171B
▪️Avenida Boyacá con calle 71 sur
▪️Calle 13 con carrera 138
▪️Calle 63 sur con carrera 103
▪️Vía La Calera, km 4.5 (oc-or)
▪️Vía Suba-Cota, km 7, glorieta
▪️Vía Siberia-Bogotá, km 1.5

En horas de la mañana, las mayores afectaciones se presentaron en el sur y sur oriente de la ciudad, cerca a la salida por Usme en los sectores de Meissen, por la avenida Boyacá y Molinos, en la avenida Caracas. Autoridades ya despejaron la vía. 

También se registran una manifestación en la calle 65 con carrera 13, frente a instalaciones del Sena, en la localidad de Chapinero.

Así mismo, camioneros y volqueteros protestan en la calle 171 con carrera séptima. El Esmad y grúas hacen presencia en el lugar.

RETRASOS EN TM 

Transmilenio informa sobre bloqueos intermitentes en la Arenera a la salida del Portal Usme.

"Tenemos paso cada 5 y 6 minutos por lo que se hacen retornos de gran parte de la flota en la Calle 40 Sur".

Para este viernes quedó programado un nuevo encuentro entre Gobierno Nacional, Distrito Capital y transportadores de carga para encontrar una solución al decreto que les apretó las tuercas a los propietarios de vehículos de carga con más de 20 años de vida.

Mientras tanto, seguirán viéndose los bloqueos en vías de entrada y salida de la ciudad y las consignas y pancartas que exigen una sola cosa: el fin del decreto 840 de 2019. Incluso, se baraja la posibilidad de que terminen por unirse a los paros del 20 y 21 de febrero.

ABECÉ DEL DECRETO 840


El Decreto 840 de 2019 es la normativa que establece las condiciones y restricciones para el tránsito de vehículos de transporte de carga en Bogotá y pretende balancear el impacto que estos producen en materia de contaminación, accidentalidad y congestión.

La medida de restricción tiene un componente ambiental importante sustentado en que el 84% de la flota de vehículos de carga tiene tecnología inferior a Euro III y que el 73% de la flota tiene más de 10 años.

Por su parte, el 18% de los vehículos tienen una edad igual o superior a 20 años.

De acuerdo a los análisis realizados, dentro de las fuentes móviles de emisiones en Bogotá, los camiones representan el 43% del total de material particulado.

Con la nueva regulación, se reducirá en aproximadamente 19% las emisiones de material particulado asociadas a la circulación de los vehículos de transporte de carga.

La medida contempla tres tipos de restricciones:

1. En la primera, entre los cerros orientales y la avenida Boyacá, desde la calle av. Primero de Mayo hasta la calle 170, se restringe la circulación de vehículos de carga de más de 8.500 kilogramos, de lunes a viernes de 5:30 a 8 a.m. y de 4:30 a 7 p.m.

2. En la segunda se contempla una restricción las 24 horas del día para circulación de vehículos de carga de más de 3.500 kilogramos en el sector de La Candelaria, entre la Carrera 9 y la Avenida Circunvalar, y de la Avenida Jiménez a la Calle 7.

3. La tercera restricción comprende toda la ciudad y aplica solamente para vehículos de más de 20 años de edad, de lunes a viernes, entre las 5:30 y las 8 de la mañana y entre 4:30 y 7 de la noche.

Adicionalmente, a este tipo de vehículos les aplica un pico y placa rotativo, desde las 5:30 a.m. a las 9 p.m., solo un día a la semana.

Tenga en cuenta que estas restricciones no aplican para vehículos de:

- Emergencia
- Transporte de valores
- Carga de alimentos perecederos
- Carga de animales vivos, flores y gases medicinales
- Adscritos a empresas de servicios públicos
- Transporte de materiales y maquinaria para obras públicas
- Eléctricos, cero emisiones y a gas natural de fábrica
- Transporte de carga autorregulados por la Secretaria Distrital de Ambiente
- Vehículos de carga repotenciados
- Vehículos tipo montacarga que cumplan con la normatividad vigente

El decreto 840, que busca la eficiencia de la operación, sostenibilidad ambiental, seguridad vial, control y seguimiento y planificación y gestión integral del transporte de carga, es producto de un trabajo que inició en 2018 y en el que se realizó el análisis del parque automotor de los vehículos de carga que circulan en Bogotá.

Durante 2019 se llevaron a cabo consultas, talleres, grupos focales y encuestas al gremio de carga para concertar las condiciones para el tránsito de estos vehículos en la ciudad. De esta manera, las restricciones establecidas en anteriores decretos distritales quedaron unificadas en una sola reglamentación.

Durante 2020 la Secretaría Distrital de Movilidad ha llevado a cabo más de 50 mesas, talleres y espacios de socialización del decreto 840, con acompañamiento de los gremios de transportadores de carga y representantes de Fenalco, la Andi, Cámara de Comercio de Bogotá, Fedetranscarga, Defencarga y Colfecar, entre otros.
 
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