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Economía

10 nov 2020 - 10:09 p. m.

Dan plazo a planes de movilidad sostenible

Los entes territoriales con una población superior a los 100.000 habitantes deberán definir un POT con estas caraterísticas.  

Movilidad

En el Plan Nacional están incluidos los lineamientos para la ejecución y definición de las políticas de movilidad. 

Archivo particular

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Portafolio
10 nov 2020 - 10:09 p. m.

El Ministerio de Transporte reglamentó la normativa para que municipios, distritos y áreas metropolitanas, obligados a adoptar en su Plan de Ordenamiento Territorial (POT) ‘Planes de Movilidad Sostenible y Segura’, puedan hacerlo.

(Colombia busca ser líder en las inversiones sostenibles). 

Los entes territoriales que deberán efectuar esta diligencia son aquellos con una población superior a los 100.000 habitantes según se definió en el Plan Nacional de Desarrollo (PND). El Ministerio determinó un plazo máximo de dos años para que adapten o modifiquen sus planes.

En el Plan Nacional están incluidos los lineamientos para la ejecución y definición de las políticas de movilidad, en la que deberán incorporar objetivos sostenibles que faciliten la formulación y ejecución de estrategias, programas y proyectos.

Según Mintransporte, los planes deberán tener cinco etapas en su proceso de implementación: un diagnóstico sobre indicadores y patrones de movilidad; la formulación, con escenarios técnicos y costos de ejecución; la adopción, que implica la socialización del plan; la ejecución; y el seguimiento y evaluación.

Además, dichos planes deberán enfocarse en conectividad, accesibilidad y desplazamiento, con un énfasis especial en medios de transporte no motorizados, peatones y bicicletas y al transporte público con tecnología de baja o cero emisiones.

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