Carlos

Nuestra Política de Tratamiento de Datos Personales ha cambiado. Conócela haciendo clic aquí.

close

Ahorro

09 oct 2017 - 9:40 p. m.

Icetex ofrecería cuentas de ahorro educativo

Un proyecto de decreto del Minhacienda establece el instrumento  como un nuevo producto para incentivar los estudios superiores.

El proyecto de decreto será sometido a comentarios de la industria e interesados.

El proyecto de decreto será sometido a comentarios de la industria e interesados.

JAIME MORENO / CEET

POR:
Portafolio
09 oct 2017 - 9:40 p. m.

El Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex) podría comenzar a ofrecer entre sus productos una cuenta de ahorro educativo voluntario. Esto está contemplado en un proyecto de decreto de la Unidad de Regulación Financiera del Ministerio de Hacienda, y lo que busca es facilitar el acceso a estudios superiores en la población.

(Lea: Así fue balance del primer día de la jornada de normalización de cartera del Icetex)

En el documento se propone la reglamentación de la cuenta de ahorro educativo voluntario, así como los elementos que permitirían garantizar su operatividad por parte del Icetex.

(Lea: Icetex realizará jornada de normalización de cartera

Por lo tanto, se establecen instrucciones relacionadas con las condiciones para el acceso al producto, el régimen de inversión de los recursos que reciba la entidad en virtud del servicio y las condiciones para velar por la adecuada administración de estos.

La normatividad propuesta tiene tres objetivos principales: promover la creación de nuevos productos financieros que faciliten el acceso de la población a estudios de educación superior, establecer las condiciones y particularidades que debe cumplir la cuenta de ahorro educativo voluntario, y definir las condiciones bajo las cuales se invertirán los recursos que depositen los titulares que accedan a la cuenta de ahorro educativo voluntario.

En este orden de ideas, la junta directiva del Icetex debería asegurar que el diseño del producto se desarrolle, teniendo en cuenta una serie de condiciones mínimas, entre las que se destacan: 1) no podrá estipular pérdida alguna de las sumas depositadas; 2) podrá establecer el pago de gastos de administración o de manejo, bajo amparo único del titular con cargo a los rendimientos generados por el producto; 3) deberá establecer la tasa de interés remuneratorio que el Icetex reconocerá por los depósitos a quienes suscriban contratos de ahorro educativo voluntario, así como su forma y periodicidad de liquidación; 4) el monto total y la periodicidad del ahorro educativo voluntario deberá considerar la estructura de ingresos y gastos del titular y la actividad económica de este; 5) solo podrán estipular condiciones para el retiro de los recursos mientras no se haya alcanzado la meta de ahorro o el plazo estipulado en el contrato, lo que ocurra primero.

Por otro lado, se establece que los dineros provenientes del ahorro educativo voluntario se manejarían en cuentas independientes para cada titular y no harían parte de los recursos del Icetex, por lo cual estos no podrán ser utilizados para otorgar créditos.

No obstante, para facilitar el esquema de retribución de los recursos que ingrese a través de producto, se establecería un régimen de inversión que contempla la posibilidad de invertir en Títulos de Tesorería, depósitos a la vista y a término ofrecidos por establecimientos de crédito que tengan calificación de riesgo crediticio de largo plazo igual o superior a AA+.

Además de bonos y papeles comerciales también con calificación de riesgo de largo plazo de emisor y de emisión igual o superior a AA+ o su equivalente, otorgada por una sociedad calificadora de riesgo vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Finalmente, se definiría que la celebración del contrato de ahorro educativo voluntario, así como el cumplimiento del mismo, por parte del titular, no supone obligación alguna en cabeza del Icetex de otorgar crédito. Esta advertencia deberá incluirse dentro de las condiciones que se fijen en el contrato del producto.

En tal sentido, el Gobierno Nacional promueve la creación del contrato de cuenta de ahorro administrado por la entidad, y tiene como objetivo contribuir a mejorar el acceso a la educación superior de los colombianos, ya que busca que una persona construya un ahorro que le permita financiar los primeros semestres de la educación superior, suya o de un beneficiario.

Así, mejoraría su perfil de riesgo crediticio y facilitaría su acceso a un crédito para los semestres restantes. El proyecto será sometido a comentarios por parte de la industria e interesados.

Lo más leído

Destacados

Más Portales

cerrar pauta