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Jubilación

02 mar 2022 - 2:19 p. m.

Estos serían los nuevos topes de aportes a salud y pensión en Colombia

La base liquidación de la cotización de los empleados que reciben más de 25 SMLMV será de hasta 45 salarios mínimos.

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El decreto establecería que esto regirá a partir de abril de 2022, por lo que deberán ser pagados desde mayo.

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Un proyecto de Ley, solicitado por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca al Ministerio de Trabajo, modificaría los topes en monto de los aportes a la Seguridad Social, que en la actualidad no puede ser mayor a 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni menor a un SMLMV.

Sin embargo, esto dejaría de ser así, pues se busca actualizar y reglamentar la base de cotización de los empleados que reciben más de 25 SMLMV, cuya liquidación no debería ser superior a 45 salarios mínimos legales mensuales vigentes. 

(Presidente de Asofondos propone unificar regímenes pensionales).

Este regulación también definirá los topes de los aportes a salud y riesgos laborales (ARL).

¿CÓMO APLICA?

En este sentido, si, por ejemplo, una persona devenga $50.000.000 (50 salarios mínimos), la liquidación de la pensión se podrá hacer solo hasta 45 SMLMV que a 2022 representan $45.000.000, de acuerdo a lo decretado por el presidente Duque.

Aunque aún no ha sido aprobado, el decreto establece que los nuevos topes de los aportes a la Seguridad Social regirán a partir de abril de 2022, por lo que deberán ser pagados desde mayo.

(Pensionados en fondos crecieron 17% en 2021).

Con este cambio, en 2022 la cotización máxima de pensión quedaría en $7.200.000, mientras que la de salud sería de $5.625.000.

"El límite de la base de cotización del sistema general de salud y de pensiones a partir del mes de abril de 2022, que debe ser pagado a partir de mayo de 2022, para quienes perciban ingresos que superen los veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes, será como máximo de cuarenta y cinco (45) salarios mínimos legales mensuales vigentes, para garantizar en este último sistema, pensiones hasta de veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes".

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