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Jubilación

23 abr 2024 - 8:30 p. m.

Manejo de fondo pensional por el Banco de la República no genera consenso

Mientras que el gerente del Emisor dijo que la posibilidad se enmarcaría en la función como agente fiscal del Gobierno, economistas ven pros y contras

Pensión

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23 abr 2024 - 8:30 p. m.
Holman Rodríguez Martínez

El fondo de ahorro con destino a las pensiones, que sería alimentado por el umbral de 2,3 salarios mínimos para cotizar en Colpensiones y que administraría el Banco de la República, podría estar enmarcado en la función como agente fiscal que cumple el Emisor ante el Gobierno.

(Lea más: Reforma pensional: esto piensa Mintrabajo de que Banrepública maneje el fondo de ahorro)

Así lo dijo Leonardo Villar, gerente del Emisor, y aseguró que no es que la entidad vaya a administrar pensiones, sino el fondo de ahorro del Gobierno que crearía la reforma pensional.

En el proyecto de ley de reforma pensional se aprobó uno de los puntos más importantes y que es el complemento del umbral obligatorio de cotización en Colpensiones, puesto que definió al Emisor como el responsable de administrar el fondo de ahorro pensional.

Aseguró que “se puede entender como desarrollo de un papel que cumple el Banco de la República como agente fiscal del Gobierno. No está en discusión que el Emisor maneje el dinero de las pensiones, sino un ahorro que se aprueba en la reforma y se maneja separadamente y los recursos los administra el Banco de la República, pero eso sería como parte del papel como agente fiscal del Gobierno. Es una norma en la dirección de la administración de ese ahorro, en una actuación como agente fiscal y no discutimos la reforma pensional”. 

(Lea más: ¿De acuerdo o no? La posición del Banrep sobre posible manejo de fondo pensional)

Banco de la República

Banco de la República.

Archivo EL TIEMPO

(Lea más: ¿Es buena idea que el Banco de la República maneje los dineros de las pensiones?)

Para Carlos Gustavo Cano, exministro de Agricultura y excodirector del Banco de la República, el artículo “a primera vista, riñe con lo señalado por la Constitución. Además, sería un insoportable dolor de cabeza para la autoridad monetaria, cuya función es otra. Y en mi sentir atentaría contra su independencia. Me perece que no le corresponde”.

Para Cano, esos son recursos de los propios ahorradores, que son sus cotizantes y señaló que “lo indicado sería atender la recomendación del Comité Autónomo de la Regla Fiscal (Carf) en el sentido de garantizar que el fondo de ahorro sea administrado por gestores especializados con un gobierno corporativo claro que vele por la maximización de su rentabilidad. Los únicos fondos que le corresponde administrar al Banco son las reservas internacionales de la Nación”.

José Ignacio López, presidente de Anif, sostiene que lo definido sigue siendo la mejor alternativa, pues los recursos en control del Ejecutivo generarían una tentación.

Para López, en principio la idea es que la gestión de los activos no esté en manos del Emisor, sino que este haga una licitación con gestores de fondos y la entidad tendría la secretaria técnica junto con el ministro de Hacienda, Planeación Nacional y cuatro miembros del Banco de la República que no tengan que ver con el manejo de la política monetaria y tengan una función independiente. 

(Vea: El Banco de la República administraría los fondos de la reforma pensional)

Afirmó que el Gobierno tendrá que caracterizar el régimen de inversión pensando en el largo plazo, pero no estaría contemplado un ejercicio de rentabilidad mínima, ni se le podría exigir que ponga patrimonio al Emisor.

Germán Arce, presidente de Asofiduciarias consideró que el Banco de la República “tiene dentro de sus funciones constitucionales ser agente fiscal del Gobierno. Como parte de esa función el Emisor ha administrado varios fondos con recursos públicos, como el Frech (Fondo de reserva para la estabilización de la cartera hipotecaria, Faep (Fondo de ahorro de estabilización petrolera, que se liquidó en febrero del 2021 o el FAE (Fondo de ahorro y estabilización)”.

Añadió que el régimen de inversión viene de un decreto y en el pasado se han escrito provisiones para dejar claro que las obligaciones son de medio y no de resultado, es decir, es potestad reglamentaria del Minhacienda definir el régimen de inversiones aplicable.

Pensión en Colombia

Pensión en Colombia

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‘No se va a tocar un peso’

Gloría Inés Ramírez, ministra de Trabajo dijo que lo que “tenemos que generar es confianza y la confianza es que estos recursos van a ser blindados y están blindados porque tenemos un artículo que dice que no se podrá tocar un peso de este fondo para ninguna actividad distinta al pago de pensiones”.

La funcionaria recalcó que los colombianos deben tener certezas “de que esta plata no va a ser tocada sino de manera garantista para el pago de las pensiones y va a tener un manejo como lo tienen todos los fondos de portafolios y aquí en este caso se blinda más porque se ha puesto un multifondo a un fondo internacional”. 

(Vea: Casi el 90 % de la gente quiere elegir dónde cotizar a pensión)

HOLMAN RODRÍGUEZ MARTÍNEZ
Portafolio

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