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Negocios

17 ene 2022 - 8:30 p. m.

A formalizarse: lo que deben hacer apps de alojamiento para funcionar

El MinCIT anunció que aplicaciones como Booking y Airbnb deberán cometer el pago de parafiscales e inscribirse en el Registro Nacional de Turismo.

Airbnb

Precios de alojamientos disponibles en Airbnb

POR:
Portafolio

Con el Decreto 1836 de 2021,expedido por el Gobierno Nacional, las plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos deberán cumplir con las obligaciones, exigidas por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que son: la inscripción en el Registro Nacional de Turismo y el pago de parafiscales.

(Vea: Alivios al turismo por pandemia se prorrogan hasta el fin de este año). 

Además, se exige a los socios de estas aplicaciones que exhiban el número de su RNT. En caso de que esto no suceda, las empresas deberán retirar el anuncio del alojamiento de las plataformas. Cabe resaltar que este registro es totalmente gratuito y digital, y se puede realizar a través de las cámaras de comercio.

En diciembre de 2021, Airbnb, firma estadounidense de alquiler de propiedades con fines turísticos, pidió a las autoridades plazos y condiciones óptimas para que sus socios se adscribieran a la formalidad.

“Se resalta la importancia de que exista un período de transición a continuación de la publicación de la reglamentación secundaria de la Ley de Turismo para el cumplimiento a sus respectivas obligaciones y asegurar que los oferentes de espacios, las plataformas y todos los actores de la industria tengan un tiempo adecuado para registrarse” , señaló la compañía.

Ante esta petición, el Gobierno Nacional, a través del MinCIT, explico que, con este decreto, expedido en el último mes del año pasado, se acortan de 15 a 5 días el plazo para que las cámaras de comercio efectúen el registro o devuelvan la solicitud.

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Con el decreto, se acortan de 15 a 5 días el plazo para que las cámaras de comercio efectúen el registro o devuelvan la solicitud

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Además, unifica las causales para negar el registro o la renovación, y fusiona los trámites para reactivar o renovar el RNT, en los casos en los que una inscripción sea suspenda por el incumplimiento de la actualización anual de este documento.

Otro de los beneficios, para adelantar este trámite, es la eliminación de preguntas adicionales en las diligencias de renovación, “con el fin de evitar que esta gestión se vuelva excesivamente engorrosa”, señaló el MinCIT. Así mismo, el decreto permite distinguir la inscripción de los comerciantes de los no comerciantes, para eliminar exigencias desproporcionadas a los que no lo son.

(Vea: Inflación, el dolor de cabeza para la economía colombiana). 

Para mejorar este trámite, las autoridades actualizarán sus lista de prestadores de servicios turísticos, con nuevas categorías como: los parques de ecoturismo, parques de agroturismo, plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos y organizadores de bodas destino.

Ahora bien, es preciso señalar que las cámaras de comercio tienen como plazo, seis meses para ajustar los formularios y los sistemas de información. En cambio las plataformas electrónicas deben cumplir con sus requerimientos en ocho meses.

La ministra de Comercio, María Lombana, señaló que este decreto convierte al país en pionero en la formalización de estas firmas.

“Este decreto es uno de los compromisos y acciones que hemos impulsado desde el Ministerio, por su importancia y contribución a la formalización del sector hotelero y turístico del país”, dijo Lombana.

CONTRIBUCIÓN PARAFISCAL

Otra de las obligaciones de las plataformas es el pago de la contribución fiscal.
El recaudo se efectuará a través del Fondo Nacional de Turismo, Fontur.

Esta contribución nos permite fortalecer la promoción, competitividad y la infraestructura turística”, dijo el presidente de esta entidad, Irvin Pérez, quien señaló que la expectativa de recaudo de parafiscales para este año es de $64.000 millones.

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“El valor de esta contribución corresponde al 2,5 por mil de los ingresos operacionales derivados de la comisión, remuneración o tarifa de uso que la plataforma de servicios turísticos perciba por su actividad”, explicó la cartera de comercio.

Este decreto reglamentario permitirá mayores recursos para obras en el sector.

JULIANA PEÑA
Periodista Portafolio

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