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05 jun 2019 - 9:05 p. m.

Cuatro zonas francas ya apoyan tareas ‘offshore’

El esquema favorece a las empresas Ecopetrol, Chevron, Anadarko, Petrobras y Repsol. La operación se desarrolla en la costa Caribe.

Con la firma de los nuevos contratos offshore se están dando pasos importantes en la exploración en aguas profundas.

Cortesía Ecopetrol

POR:
Portafolio
05 jun 2019 - 9:05 p. m.

La firma de cinco contratos y los cuatro por venir gracias a la minuta offshore, que le dan un segundo aire a la actividad petrolera en el mar Caribe colombiano, nuevamente pone sobre la mesa el tema de la Zonas Franca Permanente Costa Afuera (Zfpca).

(Dos nuevos contratos mueven la marea en tareas ‘offshore’). 


Registros de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) a los que tuvo acceso Portafolio, indican que a la fecha han sido declaradas cuatro Zfpca, las cuales favorecen a empresas como Ecopetrol, Chevron, Anadarko, Petrobras y Repsol.

Así mismo, vendrían en camino otras Zfpca, ya que compañías como Shell, Noble Energy, Oxy y ExxonMobil comenzarán tareas en estas aguas.

Las Zfpca que ya está en operación está ubicadas cerca a las ciudades de Riohacha, Santa Marta, Barranquilla y Cartagena.

Para analistas del sector petrolero, esta herramienta, que se ha convertido en el polo a tierra de las empresas hidrocarburíferas que desarrollan sus operaciones offshore, es pieza clave como apoyo a las tareas en exploración y producción (E&P) en el mar Caribe.

Voceros de la ANH afirmaron que gracias a que se redinamizó la actividad en la costa Caribe del país, se hicieron efectivos varios beneficios para las empresas, como los tributarios.

“Bajo este esquema, las compañías interesadas en el desarrollo de bloques offshore en aguas del mar Caribe colombiano podrán acceder a gavelas fiscales del régimen colombiano de zonas francas, en los que se incluyen tarifa de impuesto de renta (20%) + impuesto CREE del 9% (Impuesto sobre la Renta para la Equidad, que reemplaza contribuciones de nómina) y exclusión de la sobretasa al impuesto CREE, creada con la reforma del Estatuto Tributario del 2014”, explicó la fuente consultada.

Así mismo, las Zfpca permiten cubrir áreas insulares y/o continentales, no exige cumplimiento de un mínimo de cinco usuarios en su área de operación (como las zonas francas regulares), se puede localizar en cualquier parte del país, abre la posibilidad de construir un sistema de transporte hasta el puerto y la duración es igual a la de un contrato E&P.

RESULTADOS PARA LA OPERACIÓN 

Los voceros de la citada entidad indicaron que a través de una Zfpca, a las empresas petroleras mencionadas no solo se les facilitan las tareas de exploración, sino también las de perforación costa afuera, como ha sido el caso en los bloques Molusco (bloque RC 9), Brama (bloque Tayrona) y Siluro (bloque RC11).

“Cabe resaltar que, mientras desarrollar un pozo en tierra cuesta entre US$5 millones y US$10 millones, en el mar la cotización puede estar entre US$250 millones y US$400 millones, esto sin contar con que las reservas en Colombia estarían en aguas profundas, lo cual implica mayor esfuerzo y riesgo”, explicó un experto del sector.

(Ecopetrol firma contrato bajo nueva minuta para áreas 'Offshore'). 


Por su parte, el presidente de la Asociación Colombiana de Petróleo (ACP), Francisco José Lloreda, destacó que sin las ventajas de las Zfpca, el producto extraído en una tarea offshore no podría ser comercializado a futuro y a los precios actuales de los hidrocarburos. Incluso con ellas, hoy día no sería viable.

El dirigente gremial agregó que si se logra identificar que hay un volumen importante de petróleo y gas en el fondo de esta aguas, y que la calidad es buena, una cosa es sacarlo, y lo otro es que tiene que haber un componente importante de exportación para hacer un proceso (como en el caso del gas natural) de transporte comprimido, líquido y con regasificación dependiendo a dónde se envíe.

Por su parte, Orlando Cabrales Segovia, presidente de la Asociación Colombiana de Gas Natural (Naturgas), señaló que las zonas francas cerca a las ciudades capitales en la costa Caribe para los proyectos offshore han sido muy importantes para incentivar la inversión y darle dinamismo a la exploración de hidrocarburos en el país.

“Si queremos aumentar las reservas de gas y petróleo, incrementar la producción, tener precios competitivos y lograr mayor seguridad energética, necesitamos seguir aprovechando los recursos que tenemos en áreas continentales y en el mar Caribe, donde vemos un potencial entre 7 y 30 teras de gas”, subrayó Cabrales.

Y agregó que “el gran reto es mantener a Colombia como un destino competitivo y atractivo para la industria. Esto redundará en más empleo, proyectos productivos y más gas natural para la movilidad sostenible, los hogares, comercios e industrias”.

REGLAMENTO PARA LAS ZFPCA


La norma que le da vida a las Zfpca es el Decreto 21 76 de 2016 (ver recuadro), el cual las reglamenta en el Artículo 99 del Capítulo II.

La iniciativa permite el ingreso o salida de mercancías desde y hacia el resto del mundo.
Así mismo, se contempla para los traslados por vía marítima hacia o desde el área costa afuera declarada como Zfpca, y el área continental o insular, o entre áreas declaradas como Zfpca, sin que se requiera que cuente con registro aduanero.

Además, las Zfpca que terminen su operación y cuyos bienes se consideren abandonados según la regulación técnica del Ministerio de Minas y Energía, por cuanto no puedan ser removidas del fondo del mar, se entenderán en libre circulación.

DECRETO QUE LAS APRUEBA

El Gobierno Nacional establece, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en el Decreto No. 2147 de 23 de diciembre de 2016, la opción de declaratoria de zona franca permanente, dedicada exclusivamente a las actividades de evaluación técnica, exploración y producción de hidrocarburos costa afuera y sus actividades relacionadas dentro del marco de el/los contrato(s) suscrito(s) con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH); y que puede extenderse por el término del contrato de mayor duración y/o prorrogarse, si el contrato es sujeto de prórroga, modificación o cuando se celebre la conversión del mismo (si aplica). El Artículo 99 del Capítulo II del mismo decreto, establece las disposiciones especiales para las Zfpca.

Alfonso López Suárez
Redacción Portafolio

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