Carlos

Nuestra Política de Tratamiento de Datos Personales ha cambiado. Conócela haciendo clic aquí.

close

Empresas

21 jul 2021 - 8:12 a. m.

Sancionan a Movistar en Colombia por publicidad engañosa

La multa supera los $370 millones y fue impuesta luego de que se encontrara información insuficiente en una de sus campañas. 

Según el informe presentado por el MinTIC, en el año 2014, el total de abonados a la telefonía móvil fueron 53.583.664, es decir hay más celulares que personas en el país.

De acuerdo con la entidad, la compañía no suministró información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre el plan de telefonía.

123rf

POR:
Portafolio
21 jul 2021 - 8:12 a. m.

La Superintendencia de Industria y Comercio impuso una multa de $379.763.868 a Movistar, luego de establecer que la compañía habría incurrido en publicidad engañosa en su campaña “Prepago todo en uno”.

(Operadores de telecomunicaciones se suman al plan de vacunación). 

De acuerdo con la SIC, se comprobó que hubo información insuficiente respecto de la vigencia de los beneficios y la capacidad de los servicios gratuitos ofrecidos en las piezas publicitarias en cuanto a la duplicidad de megas ofrecidas en este plan.

La información comunicada incluía beneficios como:

• Duplicidad de megas por seis (6) meses.
• Uso gratuito de las redes sociales Facebook, Twitter y WhatsApp.
• Una cantidad de segundos a todo operador que depende del valor del plan.
• Minutos ilimitados a todo operador.
• SMS a todo operador.
• SMS ilimitados para enviar entre líneas Movistar

(Movistar compró el negocio de internet fijo de Directv). 


Para la SIC estos mensajes indujeron en error a los usuarios del servicio de la telefonía móvil en la modalidad prepago, al constatarse que el operador:

• En los beneficios ofrecidos en los planes cuya recarga se realiza “mensual”, no informó de manera clara que solo tenían una vigencia de 4 semanas, lo que significaba que en la práctica el servicio mensual se prestaba por menos tiempo.

• En los beneficios que ofreció de chat de WhatsApp y de las aplicaciones de Facebook y Twitter de manera gratuita, no informó a los usuarios la capacidad de datos y vigencia determinada para su uso, de modo que fueran claras y completas las condiciones particulares para conservar la característica de gratuidad.

• Frente al anuncio de duplicidad de las megas ofrecidas por seis meses, se exigió al usuario el cumplimiento de un requisito adicional que no fue informado al momento de ofrecer el plan, esto es, que para proceder al aprovisionamiento de las megas debió haber efectuado la portabilidad a través de la página web de Movistar.

De acuerdo con la entidad, la compañía no suministró información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre el plan de telefonía.

Contra esta decisión proceden los recursos de reposición y apelación.

Lo más leído

Destacados

Más Portales

cerrar pauta