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15 ago 2023 - 9:33 p. m.

XM dejó de despachar energía de contratos de La Guajira

La entidad inició la suspensión de contratos de largo plazo decretada por el Gobierno.

Energía

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Portafolio
15 ago 2023 - 9:33 p. m.

XM, operador del mercado eléctrico, envió una carta al Comité Asesor de Comercialización en la que informa sobre la aplicación del artículo 7 del decreto 1276, enmarcado en la emergencia económica, social y ecológica decretada en La Guajira.

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Este artículo determina que los contratos de largo plazo adjudicados en las subastas de 2019 y 2021 que tengan parques de generación renovable en esta región serán suspendidos hasta 2025, por los retrasos que se han presentado.

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Esto ha despertado una serie de reacciones en el sector, especialmente por el antecedente que podría plantear de intervención sobre contratos bilaterales.

Ahora bien, la comunicación del operador del mercado informó cuál es el entendimiento y la aplicación que le darán a este artículo.

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Lo primero que señaló la entidad es que “la norma ordenó la suspensión inmediata de la obligación de suministro de energía que tienen los vendedores en los Contratos de Largo Plazo, de manera que, una vez publicado el Decreto en el Diario Oficial, el Asic no podrá realizar el despacho de las cantidades de energía asociadas a dichos contratos”.

De acuerdo con fuentes del sector, esto genera una serie de preocupaciones por cuenta de la aplicación que está teniendo la entidad. Fuentes destacaron que XM está pasando por alto uno de los puntos señalados en el decreto relacionados con la modificación del contrato pasando directamente a la suspensión.

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El decreto detalla que “los contratos de suministro de energía media anual a largo plazo (...), asociados a proyectos ubicados en el departamento de La Guajira, se modificarán en el sentido de suspender temporalmente la obligación de suministro de energía”.

No obstante, XM aseguró que la norma hace referencia a una suspensión inmediata, por lo que los despachos que hacía con referencia a estos contratos ya no serán hechos.
Esto quiere decir que los comercializadores desde ya están teniendo que comprar en la bolsa la energía que habían asegurado por medio de la subasta que había sido convocada.

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Uno de los efectos directos de esto será en los precios de las facturas de los colombianos, por cuenta de la mayor exposición a los precios de bolsa. De hecho, se estima que la exposición podría subir en siete puntos porcentuales, llevando el promedio a más de 32%.

De acuerdo con XM, la norma se refiere a todos los contratos adjudicados en esta zona, que aplica para seis parques de Edpr, Celsia y AES.

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Además de estos puntos señalados, el operador del mercado dice que “las Garantías de Cumplimiento actuales no son exigibles, toda vez que la suspensión en el suministro de energía proviene de una disposición legal”. Fuentes le dijeron a Portafolio que es una interpretación muy arriesgada, al eliminar la exigibilidad de las garantías.

En el caso de los comercializadores, esto afectaría su situación financiera, al incrementarse las garantías que deben pagar, por su mayor exposición a la bolsa. Además se suma que por cuenta de la opción tarifaria, las compañías no podrán transferir el precio a los consumidores, con lo que tendrán que amortiguar la mayor parte de la diferencia en los precios, haciendo más compleja su situación económica.

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