Según la Secretaría de Movilidad, la medida del pico y placa no tiene ninguna modificación hasta el momento. El motivo: contribuir a la descongestión de las vías en horas pico.
La entidad agregó que: "En esta temporada hemos evidenciado que gran parte de los bogotanos se mantienen en la ciudad".
Así las cosas esta medida seguirá funcionando sin ninguna modificación hasta nueva orden. La medida de restricción de circulación a vehículos particulares en la ciudad de Bogotá, actualmente se reglamenta por el Decreto 515 de 2016.
Esta restricción se realiza de acuerdo con el último dígito de placa nacional del vehículo, de tal forma que para los días calendario hábiles "PARES" la restricción aplica para aquellos vehículos cuyo último dígito de placa termine en 0,2,4,6 y 8
Para los días calendario hábiles "IMPARES" la restricción aplica para los vehículos cuyo último dígito de placa termina en los números 1,3,5, 7 y 9
El horario de restricción de desde las 6 a. m, hasta las 8:30 a. m y de 3 p. m hasta las 7:30 p. m, de lunes a viernes hábiles, exceptuando los días festivos.
Los ciudadanos que infrinjan la norma serán destinatarios de un comparendo que para el año 2021 tiene un valor aproximado de $414.100 y corresponde a la infracción C14 "Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente".
Es importante tener en cuenta que los vehículos con restricción que sean encontrados circulando por una vía principal serán inmovilizados.
REDACCIÓN BOGOTÁ