Ante la afectación que ha sufrido el transporte, para la distribución de productos de importación y el despacho de exportaciones, así como en la entrega de insumos a la producción nacional, por los bloqueos y manifestaciones de los últimos días, la Dian procedió a suspender los términos en procesos y actuaciones en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa, entre el 10 y el 18 de mayo de 2021.
Aunque la medida aplica en especial para Cali y Medellín, en algunos casos, la suspensión de términos opera para todo el territorio nacional.
Según informó la Dian, los términos se reanudarán a partir del 19 de mayo de 2021.
Así lo establece la resolución 0040 del 10 de mayo de 2021, que dispone la suspensión de términos en lo que corresponde solicitar y ejecutar el régimen de tránsito aduanero en todo el territorio nacional, y en la modalidad de cabotaje aéreo en lo que corresponde operaciones en jurisdicción de las Direcciones Seccionales de Aduanas de Medellín y Cali, donde se han tenido inconvenientes por la suspensión de vuelos.
De otra parte, se suspenden los términos en todo el territorio nacional para la expedición de actos administrativos que deban ser notificados a través de correo físico. Así como, para la radicación de recursos o actos en los que se requiera presentación personal o autenticación.
Finalmente, se suspenden los términos de los procesos y actuaciones administrativas presenciales en las Seccionales de Impuestos y Aduanas de Cali, en materia tributaria, aduanera y cambiaria que aparecen descritos en los artículos 3º y 4º de la mencionada resolución.