Recientemente en Colombia comenzó a regir la ley 2101 de 2021 que fijó una reducción de la jornada laboral para los trabajadores del país. Según la norma, este ajuste en el horario de los empleados se hará de manera gradual hasta completar las 42 horas a la semana en 2026.
Es decir, que en 2023 los empleados trabajarán 47 horas a la semana; luego en 2024 van a laborar 46 horas, así hasta 2026.
Si bien ya existe una ley que fija esta reducción, el nuevo proyecto de reforma laboral, en su artículo 14, establece la jornada máxima legal para los trabajadores colombianos y crea una normativa para su aplicación.
(Cómo quedarían las jornadas de trabajo si se aprueba la nueva reforma).
Según el documento, “la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de ocho (8) horas al día, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3 de la Ley 2101 de 2021 sobre la aplicación gradual, y una jornada máxima de cuarenta y dos (42) horas a la semana”.
De acuerdo con el texto, el número de horas de trabajo diario podrá distribuirse de manera variable, previo consentimiento entre el trabajador y su empleador.
(El Gobierno prevé impacto de $1 billón al año por la reforma laboral).
Además señala que "si en el horario pactado el trabajador o trabajadora debe laborar en jornada nocturna, tendrá derecho al pago de recargo nocturno".
El proyecto de reforma laboral también establece el número de horas máximas a trabajar para menores de edad que cuenten con el permiso para hacerlo.
"Los adolescentes mayores de 15 y menores de 17 años, solo podrán trabajar en jornada diurna máxima de seis (6) horas diarias y treinta (30) horas a la semana", dice el documento.
(Sectores reaccionan a la nueva radicación de la reforma laboral).
Por su parte, "los adolescentes mayores de diecisiete (17) años, solo podrán trabajar en una jornada máxima de ocho (8) horas diarias y cuarenta (40) horas a la semana".
Finalmente la iniciativa también establece que el empleador no podrá contratar a una persona para la ejecución de dos turnos en el mismo día, salvo en labores de supervisión, dirección, confianza o manejo.
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