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Empleo

13 jul 2023 - 5:43 p. m.

Valor de hora diaria subirá 2,13 % con reducción de la jornada laboral

El Mintrabajo indicó que con la disminución de la jornada ordinaria los empleadores deberán hacer el cálculo del nuevo valor de la hora de trabajo.

Jornada laboral

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13 jul 2023 - 5:43 p. m.

La Ley 2101 de 2021 establece que, con su entrada en vigencia, la jornada laboral en Colombia tendrá una reducción gradual anual hasta llegar a las 42 horas semanales en el 2026.

El próximo 16 de julio de 2023 comenzará a regir esta normativa, lo que quiere decir que la jornada semanal de los trabajadores colombianos pasará de las 48 horas actuales a 47.

(Más noticias: Empresarios ajustan modelos para acoplarse a nueva jornada)

El Ministerio de Trabajo explicó que la disminución en el tiempo de labor no afectará el valor del salario ni los derechos y garantías de los empleados. Sin embargo, sí supondrá cambios en la manera en la que se liquidan y se calculan las horas.

Lo anterior implica un aumento en el valor de la hora ordinaria de trabajo, ya que por menos tiempo laborado, el trabajador continuará devengando la misma remuneración. En otras palabras, ese incremento compensará el tiempo reducido en la jornada laboral.

De acuerdo con Carlos Mario Sandoval, socio líder de People Advisory Services para EY Colombia, con la puesta en marcha de la ley, “no vamos a hablar de 8 horas al día sino de 7,83, con 47 horas a la semana. Eso generará un mayor valor en el pago de la hora, de alrededor de 2,13 %”

(Lea más: Valor de hora diaria tendrá ajuste por reducción de la jornada laboral)   

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(Vea: ¿Pueden bajarle el salario con la reducción de la jornada laboral?)

Al respecto, el Mintrabajo indicó que con la disminución de la jornada ordinaria los empleadores deberán realizar el cálculo del nuevo valor de la hora de trabajo para liquidar el valor de las horas extras y los recargos nocturnos, dominicales y festivos, respetando siempre el principio de favorabilidad.

Además, se debe tener en cuenta que la normativa señala que el empleador y el trabajador podrán acordar cómo distribuir las horas de labor establecidas, en 5 o 6 días a la semana, siempre garantizando el día de descanso.

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