La Sala Plena de la Corte Constitucional decisión que la desconexión laboral, que fue aprobada por el Congreso en 2022, es un derecho humano de todos los trabajadores, incluyendo a servidores públicos que ocupen cargos directivos, de confianza y de manejo.
Así las cosas, la Corte hizo ajustes sobre la Ley 2191 de 2022 que no había incluido a estos últimos trabajadores y que ahora sí serán cobijados por la misma.
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Con ponencia de la magistrada Diana Fajardo, la Corte dijo que "el descanso no es solo reposo, sino un espacio autónomo, libre, en el que las personas deciden qué hacer o no, con el tiempo de su vida fuera de la actividad laboral. Esta consideración además es inmanente al propio concepto de dignidad humana, de vivir bien y como se quiere".
Y consideró que la desconexión laboral implica una dimensión del descanso y un límite al poder subordinante.
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"Es una reivindicación de un espacio autónomo, libre de interferencias que permite concretar otras garantías, como la salud de las y los trabajadores, la disposición de su tiempo libre, y la conciliación de la vida laboral con la personal y familiar, lo que tiene un impacto diferenciado en las mujeres", dijo la Sala Plena.
Por eso, el alto tribunal explicó que esa consideración era extensible a todo tipo de empleos e implica garantizar el descanso, también el diario y el semanal.
"Si bien los trabajadores de dirección, confianza y manejo no se encuentran sometidos a la jornada laboral ordinaria o máxima legal, como lo señala la ley laboral y la jurisprudencia constitucional, esto no los excluye de la regulación sobre desconexión, que es un derecho humano que surge a partir de las nuevas tecnologías", manifestó la Corte.
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Finalmente, dijo que este tipo de trabajadores, "debe tenerse en cuenta la naturaleza de las funciones y las condiciones propias de la vinculación del trabajador y servidor público y deberá atenderse a los criterios de necesidad y proporcionalidad".
La postura de la Corte se dio tras estudiar una demanda que se presentó en contra del artículo 6 de la Ley 2191 de 2022 para determinar que los trabajadores y servidores públicos que desempeñan cargos de dirección, confianza y manejo, que antes no estaban incluidos, ahora sí "tienen derecho a la desconexión laboral, la cual no estará atada al límite de la jornada laboral, pero sin que implique afectar el contenido mínimo del derecho fundamental al descanso".
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"Para el efecto deberán atenderse criterios de necesidad y proporcionalidad, de acuerdo con la naturaleza de sus funciones y las condiciones propias de su vinculación laboral, atendiendo lo definido en la presente decisión", dijo la Corte.
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EL TIEMPO - JUSTICIA