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Empleo

13 ago 2023 - 4:55 p. m.

Obligaciones del empleador con ampliación de la licencia de lactancia

Con la ley 2306 de 2023 se hicieron algunas modificaciones al Código Sustantivo del Trabajo. 

Lactancia materna

Lactancia materna

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13 ago 2023 - 4:55 p. m.

Con la sanción de la Ley 2306 de 2023 se hicieron algunos cambios en la licencia de lactancia para las mujeres que trabajan, con la cual se pretende proteger la maternidad y la primera infancia.

(Vea: Tras tercer debate, qué viene para proyecto de ‘licencia compartida’). 

En general, con esta se establece todo un marco normativo que permite la lactancia materna en espacio público y se adoptan medidas para la modificación del artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo.

Entre las especificaciones más relevantes, se obliga al empleador a crear una sala de lactancia en caso de que alguna colaboradora lo requiriese. 

Lactancia materna

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(Vea: 'Inversión grande', entre las razones de la baja natalidad en Colombia). 

Anteriormente, la Ley 1823 de 2017 estipulaba esta medida en empresas en las que hubiese más de 50 trabajadoras o que tuvieran un capital igual o superior de 1.500 SMLMV. Con los ajustes, ahora aplica para cualquier empresa sin importar el capital o número de empleadas. 

Además, se amplía el periodo de lactancia y se establece que si se finaliza el contrato a una madre después de la semana 18 posterior al parto o hasta cumplidos los dos años del menor, el despido puede catalogarse como discriminatorio; sin embargo, esto debe ser demostrado.

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