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Gobierno

13 jun 2024 - 8:31 a. m.

Reforma laboral: los dos artículos que son los pilares del proyecto, según Mintrabajo

Ya se han aprobado más de 40 artículos de la reforma laboral en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes.

Reforma laboral

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13 jun 2024 - 8:31 a. m.
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El debate de la reforma laboral ha presentado, en los últimos días, nuevos avances en cuanto a la cantidad de artículos aprobados en el proyecto de ley, cifra que ya supera los 40.

Sin embargo, en medio de todas las propuestas que contempla la iniciativa, para la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, hay dos artículos que son fundamentales y que necesita el país.

(Vea: Gobierno logró avales importantes para sus proyectos en Congreso: así está el panorama).

Los pilares de la reforma laboral

Entre los artículos aprobados destacan la protección al trabajo femenino, rural y campesino, el registro de información de plataformas digitales de reparto, las modalidades de trabajo a distancia, garantías para trabajadores en condición de discapacidad y protección para mujeres, el contrato laboral a término indefinido, entre otras.

No obstante, la jefa de la cartera de Trabajo enfatizó en dos artículos esenciales en el proyecto de ley que fueron recuperados en pro de los derechos de los trabajadores, teniendo en cuenta que habían sido recortados por la Ley 789 de 2002.

(Más: Los empleos en Colombia que más se están pagando con criptomonedas).

“Las jornadas diurna y nocturna, esta última que debe tener un recargo del 35 %, y el pago de dominicales y festivos, que está actualmente en el 75 %, y se vuelve a lo que se tenía, que era el 100 % de manera progresiva”, manifestó Ramírez.

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Comisión Séptima de la Cámara.

¿Cómo se llevará a cabo el recargo del 100 % y la jornada nocturna?

De acuerdo con información del Ministerio de Trabajo, se haría una implementación gradual para llegar al 100 % del recargo, de manera que a partir de julio de 2025 se incrementaría el recargo por laborar en día de descanso obligatorio o día de fiesta al 90 %, para que en julio de 2026 se dé plena aplicación del recargo.

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En cuanto al horario de la jornada diurna, que actualmente inicia a las 9 p.m., tendría un cambio contemplado en el artículo 15, el cual especifica que el trabajo diurno es el que se realiza en el período comprendido entre las 6 a.m. y las 7 p.m., y trabajo nocturno es el que se realiza en el período comprendido entre las 7 p.m. y las 6 a.m.

Al respecto, la ministra Ramírez señaló que “esto es un avance importante, que va a permitir a todos los colombianos y colombianas ir hacia la senda de derechos”.

(Más: Colombia desciende en el ránking de paridad de género del Foro Económico Mundial).

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