La ministra de Trabajo, Gloria Ines Rámirez firmó la circular 3031 del 30 de agosto, en la cual se establece que los empleadores tienen la obligación de actualizar la autorización para el trabajo en horas extra.
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Según lo establece el documento, a partir de la entrada en vigencia de la resolución, el empleador contará con un término de seis meses para tramitar la renovación ante la Dirección Territorial del Ministerio de Trabajo de su jurisdicción.
La normativa también señala que durante ese proceso, el cual no tendrá ningún costo, la autorización antes otorgada continuará siendo válida. Sin embargo, aclara que una vez superado el término establecido para renovar este consentimiento, aquellos documentos no actualizados perderán vigencia.
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Además, el texto indica que se sancionará a quienes desarrollen trabajo suplementario sin contar con la debida autorización, la cual no podrá superar el término de dos años.
De acuerdo con la Mintrabajo, esta disposición va en línea con el reciente pronunciamiento de la Comisión de Expertos de la OIT en cuanto a las horas laborales.
"La Comisión presentó observaciones para Colombia en cuanto a los convenios ratificados, indicando la necesidad de que se establezcan unos límites de las horas trabajadas por día y que las horas extras, sean retribuidas de manera oportuna y que existan límites a estas horas extras tanto a nivel semanal como anual como lo establecen los convenios de la OIT", indicó Rámirez.
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