Carlos

Nuestra Política de Tratamiento de Datos Personales ha cambiado. Conócela haciendo clic aquí.

close

Regiones

11 sept 2024 - 7:25 p. m.

Colegios públicos deberán respetar el principio de neutralidad religiosa

Así lo reiteró la Corte Constitucional, quien también dijo que las instituciones deben dar opciones para aquellos que elijan no recibir esa formación.

Colegio

Colegio

iStock

POR:
11 sept 2024 - 7:25 p. m.
Portafolio

La Corte Constitucional reiteró que los colegios públicos no pueden imponer un credo particular y que deben respetar el principio de neutralidad en materia religiosa. El pronunciamiento del alto tribunal se da tras estudiar el caso de una menor de nueve años a quien se le habría vulnerado su libertad de culto.

(Lea más: ¿Presupuesto General para el 2025 se expedirá por decreto? Petro abrió la posibilidad)

De acuerdo con el comunicado emitido por la Corte, el padre de la niña solicitó al colegio que fuese evaluada a través de trabajos escritos para no tener que entrar a una clase en la que le enseñaron oraciones propias del catolicismo. Esto considerando que la familia profesa la religión cristiana.

Si bien la solicitud no se respondió formalmente, se le aseguró al padre que esta situación no impactaría las calificaciones de la menor. Sin embargo, cuando se recibió el reporte de notas del segundo período,  “encontró que su hija había sacado 0,0 en la materia de religión, de forma que su promedio académico bajó notablemente, lo que la afectó emocionalmente”. 

En estas circunstancias, la familia optó por acudir a la acción de tutela para que se protegiera la libertad de culto de su hija y, al terminar el año lectivo, la cambiaron de colegio "a uno en el que sus creencias fueran respetadas".

En ese contexto, la Sala Primera de Revisión estudió el alcance del principio de laicidad en el ámbito de la educación pública de nivel básico y medio. En ese sentido, precisó que, si bien la religión católica tiene un fuerte arraigo histórico y cultural en Colombia, "el modelo de Estado laico adoptado en la Constitución de 1991 les impone a los colegios públicos respetar el principio de neutralidad en materia religiosa". 

(Lea más: Hacienda sostiene que no se tocará el IVA con la ley de financiamiento)

Corte Constitucional

Corte Constitucional

Cortesía

(Vea: ¿Cómo fortalecer la salud mental en las aulas y entornos educativos?)

“Estas instituciones oficiales tienen prohibido promocionar una fe particular y, en consecuencia, deben garantizar que la educación religiosa que imparten tenga un carácter de tipo histórico y cultural", señaló el alto tribunal en su pronunciamiento. Así mismo, aclaró que estos planteles educativos están en el deber de garantizar alternativas para quienes opten por no recibir este tipo de formación. 

En el caso puntual de la menor, la Corte consideró que “se vulneró su libertad de cultos, su derecho a la educación, así como también el principio de laicidad”, pues su colegio “no le garantizó alternativas” que le permitieran continuar con sus estudios, sin tener que aprender contenidos dogmáticos del catolicismo.

Por esa razón, la sentencia ordenó al colegio que “modifique su Proyecto Educativo Institucional para garantizar alternativas a los estudiantes que decidan no recibir educación religiosa, elimine los contenidos dogmáticos católicos de la clase de religión y asegure una formación neutral del fenómeno religioso”.  

Así mismo, la Corte también concluyó que la institución educativa oficial vulneró el derecho de petición del padre, dado que nunca le dio una respuesta formal y de fondo a su solicitud.  

(Vea: Avanza el proyecto que busca entregar insumos de cuidado menstrual gratis)

PORTAFOLIO

Destacados

Más Portales

cerrar pauta