Tras finalizar la jornada electoral de este domingo 29 de octubre, el registrador Nacional, Alexander Vega, resaltó el papel crucial de todos los que participaron en estos comicios, entre ellos los jurados de votación, que fueron seleccionados a mediados de octubre.
(Únase aquí a nuestro canal de WhatsApp y reciba toda la información económica de Colombia y el mundo).
Justamente, a quienes se les asigna este cargo, de acuerdo con el artículo 105 del Código Electoral, deben aceptar de manera forzosa, es decir, tienen que cumplir con la misión y las funciones que les son encomendadas sin opción de negarse.
Así, quienes no cumplan pueden recibir alguna de las siguientes sanciones, según aplique:
- Para aquellos que no son funcionarios pueden recibir una multa de hasta 10 salarios mínimos.
- Si es funcionario, serán destituidos de su cargo.
(Vea: Elecciones 2023: resultados en principales alcaldías y gobernaciones).
Cabe aclarar que si presentó una justificación previa que certifique que usted, sus hijos o algún familiar cercano del que sea cuidador estuvo enfermó; o en otros casos, si falleció algún familiar en primer grado de consanguinidad; o si no reside en la ciudad en la que fue designado y tiene como probarlo, podría haber sido eximido de esta responsabilidad.
Ahora bien, si alguno de estos es su caso y aún no ha presentado las pruebas a la Registraduría, es recomendable hacerlo en el menor tiempo posible.
(Vea: Resultados de las elecciones en Bogotá: Galán gana y es nuevo alcalde).
PORTAFOLIO