El próximo domingo 19 de junio, se llevará a cabo la segunda vuelta de las elecciones presidenciales en la que los colombianos podrán escoger al próximo inquilino de la Casa de Nariño para el periodo 2022 - 2026.
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En este caso, quienes ejerzan funciones de jurado de votación podrán acceder a una serie de beneficios que otorga la ley, y han sido publicados por la Registraduría Nacional.
De acuerdo con el Artículo 105 del Código Electoral, los ciudadanos seleccionados como jurados de votación tienen derecho a un día de descanso compensatorio remunerado, que puede hacerse efectivo dentro de los 45 días siguientes a la fecha de la elección.
Sumado a esto, quien haya ejercido el derecho al voto tendrá media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilicen para votar.
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Finalmente, se debe tener en cuenta que en la ley no se establece que estos beneficios sean acumulativos.
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