Son carias las razones o antecedente que puede tener una persona por las cuales se le puede prohibir su entrada a los Estados Unidos.
El tener esta condición implica que no se puede ni ingresar ni permanecer en el país norteamericano, pese a que haya algunos 'perdones', pero en casos muy específicos.
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Según explicó el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos, estas son las razones categorizadas.
- Personas con una enfermedad contagiosa de relevancia para la salud pública.
- Personas que buscan estatus de inmigrante y no han recibido las vacunas necesarias contra enfermedades prevenibles mediante vacunación.
- Personas que padecen o han padecido de algún trastorno físico o mental asociado a comportamientos peligrosos o comportamientos peligrosos con probabilidad de repetirse.
- Personas con consumo excesivo o adicción a las drogas.
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- Delitos de 'vileza moral', es decir, aquellos que son bajos, viles o depravados.
- Violación de cualquier ley sobre sustancias controladas.
- Múltiples condenas penales.
- Narcotráfico.
- Prostitución: las personas que llevan diez años ejerciendo el trabajo sexual o aquellos que van a Estados Unidos a trabajar en ello.
- Proxenetismo: toda persona que pretenda ir a los Estados Unidos para participar en actividades ilegales de proxenetimso.
- La comisión de un delito grave en los Estados Unidos en el que una persona haya hecho valer inmunidad procesal.
- Violaciones a la libertad de culto.
- Trata de personas.
- Lavado de dinero.
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- Cualquier sospecha de alguna participación en espionaje o sabotaje, o intentar derrocar al gobierno estadounidense o participar en cualquier actividad ilegal.
- Que existan fundamentos o razones de peso para ser vinculado con una actividad terrorista o que tenga cualquier vínculo con organizaciones, gobiernos o personas terroristas.
- Fundamentos o razones para considerar que usted representa una amenaza a la política exterior o es miembro de un partido totalitario.
- Toda persona que haya participado en persecuciones nazis o genocidio.
En este caso, la entidad explica que hay dos categorías en este punto que se tienen en cuenta para ser considerado inadmisible por la probabilidad de convertirse en una carga pública:
Para la primera, el gobierno revisa su la salud, situación familiar, edad, activos, historial laboral y educación.
Por otro lado, la falta de certificado laboral lo hace inadmisible si busca entrar permanentemente al país.
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Las personas que presenten documentación falsa o digan mentiras en las declaraciones de migración será inadmisible, señala el documento del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos.
- Personas a quienes se les ha prohibido volver a los Estados Unidos por permanecer en el país más de 180 días en una sola estancia y después hayan dejado los Estados Unidos.
- Personas a quienes se les ha prohibido volver a los Estados Unidos porque fueron removidas (o excluidas o deportadas) de los Estados Unidos o salieron de los Estados Unidos por su propia voluntad mientras estaba pendiente una orden de remoción definitiva.
- Personas que permanecieron ilegalmente en los Estados Unidos por un total de un año y después, ilegalmente volvieron a entrar a los Estados Unidos.
Para esta categoría en particular existe un 'perdón': Perdón I-601ª. Con ello será considerado su caso y evaluado.
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- Personas que entraron ilegalmente al país (sin inspección y admisión o sin permiso condicional).
- Personas que no asistieron a audiencias de inmigración y/o remoción.
- Contrabandistas.
- Personas que hayan violado las condiciones de visa de estudiante.
- Exciudadanos estadounidenses que renunciaron a la ciudadanía con fines de evasión fiscal.
- Polígamos practicantes.
- Votantes ilegales.
- Secuestradores internacionales de menores y familiares de dichos secuestradores.
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*Con información de EL TIEMPO - REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS