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Jubilación

15 nov 2022 - 6:36 p. m.

Regímenes pensionales en Colombia: cuáles hay y en qué se diferencian

Uno es administrado por Colpensiones, mientras que en el otro hacen parte Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia.

Pensiones

Los hombres se pueden pensionar a los 62 años y las mujeres, a los 57 años.

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15 nov 2022 - 6:36 p. m.

El Sistema Pensional Colombiano busca que los trabajadores tengan una vejez digna y armoniosa. Su base fundamental es garantizar la tranquilidad económica al momento de su jubilación.

(Porvenir giró más de $12.000 millones a programa Beps del Gobierno). 

Para ello existe el Sistema General de Pensiones (SGP) que tiene la finalidad de garantizar a la población colombiana el cuidado frente a los contratiempos originados por la vejez, invalidez o muerte, mediante el reconocimiento de una serie de prestaciones determinadas en la ley. La pensión es una prestación económica que representa una mesada vitalicia para que los afiliados se protejan frente a las circunstancias mencionadas anteriormente.

Uno de los temas que más dará de qué hablar en el Gobierno de Gustavo Petro es el de las pensiones, pues desde su candidatura ha manifestado su interés de hacer una reforma al sistema pensional actual.

En la actualidad, en Colombia existen dos regímenes pensionales que componen el Sistema General de Pensiones, conformados por el régimen de Reparto o de Prima Media (RPM), el cual es administrado por Colpensiones, y el régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), compuesto por Colfondos, Porvenir y Protección y Skandia.

(Privados plantean más ideas para la atención de población mayor). 

El Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, conocido como RAIS o Régimen privado, es un sistema de ahorro para la vejez, creado en 1994. Es administrado por fondos privados, de acuerdo al ahorro que el trabajador haya sido realizado en su vida laboral. Este régimen cuenta con requisitos y características muy distintas al Régimen de Prima Media o Régimen Público.

La implementación de este modelo facilitó la eliminación de regímenes especiales, introduciendo el concepto de “cuentas individuales” y dando inicio a una red de seguridad en forma de pensiones mínimas y beneficios de vejez garantizado por el estado.

Por su parte, el régimen de Reparto o de Prima Media (RPM) es administrado únicamente por Colpensiones, entidad que está adscrita al Ministerio del Trabajo.

(Qué tan urgente es una reforma pensional en Colombia). 

Allí los aportes van a un fondo común que sirve para financiar las pensiones de quienes hoy reciben su mesada.

Una de las diferencias más destacadas entre ambos regímenes tiene que ver con el tiempo de cotización. Mientras que en Colpensiones se deben cotizar mínimo 1.300 semanas, en las AFP el tiempo de aporte mínimo es de 1.150 semanas. En ambos casos, el beneficiario debe cumplir con los requisitos de edad de pensión que es de 57 años para una mujer y 62 años para un hombre.

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