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Vivienda

07 feb 2022 - 9:49 p. m.

Arranque de hipoteca inversa, con poco interés de usuarios

El proyecto, liderado por el Ministerio de Vivienda y las compañías de seguros, cuenta con al menos 100 interesados en acceder a la renta vitalicia.

Vivienda

El valor comercial de las casas o apartamentos para acceder a hipoteca inversa deben estar en el rango de 600 y 800 millones de pesos.

iStock

POR:
Paula Galeano Balaguera

La iniciativa de renta vitalicia o “hipoteca inversa” es un proyecto que se desarrolla, actualmente, en 35 países y consiste en brindar liquidez financiera a todo aquel que se acoja a este beneficio.

El dueño del inmueble recibirá una renta mensual por el mismo hasta que fallezca, a cambio de la renta periódica el propietario del inmueble entregará la nuda propiedad (derecho sobre el inmueble) a la compañía aseguradora o al tercero que esta determine y mientras viva el tomador gozará del inmueble como si fuera propio.

El pasado 20 de enero, la Central de Inversionas S.A (CISA) estableció un convenio con la aseguradora Positiva quien fue la primera en solicitar permiso a la Superintendencia Financiera para lanzar el producto. A través de la habilitación que brindó el ente de control, se espera contribuir al reducir el fenómeno de la pobreza.

El primero de febrero se oficializó este beneficio en un evento que lideró el Ministerio de Vivienda, y pasados siete días, la compañía de seguros Positiva registra 100 personas interesadas en adquirir este servicio.

“Apoyamos esta iniciativa del Gobierno porque somos expertos en el aseguramiento de las personas y esta es una solución para un segmento de la población que cuenta con necesidades financieras que pueden ser solventadas con la vivienda que tienen, sin que estos pierdan su inmueble, mejorando así su calidad de vida” indicó Francisco Salazar Gómez , presidente de la empresa.

Además, Gómez destacó el acompañamiento de CISA, quien se ha desempeñado como un aliado fundamental para el desarrollo de esta figura, “gracias a su especialización en la gestión de bienes inmuebles, complementando así de manera ideal los requerimientos para poder ofertar este nuevo producto”, dijo.

¿QUÉ DEBE TENER UN INMUEBLE?

No todos los inmuebles pueden ser beneficiarios del la renta vitalicia, deben ser casas o apartamentos legalmente construidos en los estratos 4, 5 y 6, que estén ubicados en ciudades capitales y tengan menos de 25 años de construidos.

Adicionalmente, deben estar en buen estado de conservación, al día en el pago de impuestos, servicios públicos y valorización.

El decreto 1398 del 26 de octubre del 2020, plantea las reglas para el funcionamiento del proyecto, además la existencia de dos modalidades de renta vitalicia inmobiliaria: Inmediata o diferida.

La renta vitalicia inmobiliaria diferida corresponde a un contrato de seguros, mediante el cual garantiza un pago periódico de una renta mensual hasta el fallecimiento del tomador o el de sus beneficiarios, a partir del pago de una prima única que se paga al inicio del contrato.

Por otro lado, la renta temporal cierta con renta vitalicia inmobiliaria diferida corresponde a un seguro que garantiza un pago periódico durante un periodo de diferimiento cierto y que, a partir del mes siguiente a aquel en que termina el periodo de diferimiento, genera un pago de renta vitalicia hasta el fallecimiento del o de los beneficiarios, a partir del pago de una prima única que se adquiere al inicio del contrato.

El monto del pago periódico se determinará teniendo en cuenta el valor del bien inmueble que respalda la operación y la edad de los beneficiarios. Sin embargo, aunque el proyecto está en firme y hay algunas personas interesadas, no hay usuarios registrados.

El valor de la renta es determinada por la compañía aseguradora, a partir del estudio del caso, entre ellas se analizan las condiciones del dueño y el inmueble.

PAULA GALEANO BALAGUERA
PORTAFOLIO

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