Carlos

Nuestra Política de Tratamiento de Datos Personales ha cambiado. Conócela haciendo clic aquí.

close

Empresas

08 abr 2024 - 9:50 p. m.

Superindustria está tras las cuentas de algunas constructoras

La entidad decretó de urgencia una medida cautelar de embargo de cuentas bancarias de Inversiones Alcabama S.A. y Estrategia Urbana S.A.S.

Cuentas

Cuentas

iStock

POR:
Paula Galeano Balaguera

La Superintendencia de Industria y Comercio decretó de urgencia una medida cautelar de embargo de cuentas bancarias de las constructoras: Inversiones Alcabama S.A. y Estrategia Urbana S.A.S., por construir el edificio Dimonti II sin atender las normas obligatorias sobre sismoresistencia. Además, según el ente de control, no subsanó las fallas estructurales y sistemáticas que presentan los bienes inmuebles adquiridos por los propietarios.

(Lea más: ¿Es el momento ideal para invertir en vivienda en Colombia?: algunas recomendaciones)

Los dos ciudadanos, a quienes en febrero del 2012 les hicieron la entrega de un apartamento y un parqueadero que forman parte de un proyecto inmobiliario en la capital del país, celebraron el contrato de compraventa con Fiduciaria Bogotá S.A., sociedad administradora y vocera del patrimonio autónomo Las Flores. Tiempo después, al constatar el riesgo inminente e irreversible, al que estaban expuestos con ocasión de los daños evidenciados, tales como hundimientos, deterioros, agrietamientos y resquebrajamientos, solicitaron a Inversiones Alcabama S.A. y Estrategia Urbana S.A.S., la realización de las reparaciones.

En 2020, una curaduría urbana otorgó licencia a los demandados para enmendar las fallas estructurales puestas en evidencia, cuya vigencia fue de dos años, es decir, hasta junio del 2022; no obstante, la reparación de los inmuebles no se terminó, lo cual a todas luces ponía en riesgo la seguridad y patrimonio; así como, la vida e integridad física de los habitantes.

Así, según la Superindustria, las demandadas transgredieron el derecho de garantía (señalado en el artículo 6 de la Ley 1480 de 2011) y el derecho a la reparación efectiva (establecido en los numerales 1 y 2 del artículo 11 de la Ley 1480 de 2011).

(Lea más: Sector de vivienda: 'esperanza de que las tasas sean como hace 2 o 3 años ya se perdió’)

PAULA GALEANO BALAGUERA
Portafolio

Destacados

Más Portales

cerrar pauta