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Victor Muñoz

El ‘Autoritarismo Contractual’

La decisión, sin soporte legal, adoptada por el presidente, plantea cuestiones críticas y va en contravía de la norma ... y del H. Consejo de Estado.

Victor Muñoz
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Victor Muñoz

La Ley 80 en Colombia establece el marco normativo para la contratación pública, siendo fundamental para garantizar la estabilidad jurídica en las transacciones con el Estado. Sin embargo, recientemente, el presidente Gustavo Petro ha instruido que las licitaciones con un único proponente no serán adjudicadas, una medida que no solo desafía lo estipulado en la Ley, sino que podría incentivar prácticas no competitivas como carteles de contratación.

La decisión, sin soporte legal, adoptada por el Presidente plantea cuestiones críticas y va en contravía no solo de la norma misma, sino de reiterados antecedentes jurisprudenciales del H. Consejo de Estado. Dicho órgano ha manifestado de forma reiterada que la presentación de una sola oferta no conduce por sí sola a declarar desierta una licitación.

¿Qué ocurrirá con los contratos en curso cuando no se adjudiquen licitaciones que tengan un solo proponente y que no pueden modificarse en valor o tiempo porque llegaron a su límite? ¿Se recurrirá a la contratación directa y en qué condiciones?

Surge la preocupación sobre la responsabilidad jurídica de los comités de contratación y conciliación de las entidades, quienes deberán asumir las responsabilidades sobre las decisiones que adopten, a pesar de las directrices presidenciales, en atención a que son quienes promueven la salvaguarda y protección del patrimonio público y el interés general.

El caso del Canciller, Álvaro Leyva, quien manifiesta indiferencia ante posibles repercusiones legales futuras, refleja no solo su irresponsabilidad sino un preocupante desdén por el respeto a la legalidad y los recursos públicos.

Olvida el funcionario que, aunque no se encuentre presente cuando un eventual proceso judicial le resulte desfavorable, serán sus herederos los llamados a responder, así como los miembros del Comité de Conciliación de la entidad a la cual representa, que responden a título personal por la decisión favorable o desfavorable que tomen respecto de proponer una fórmula conciliatoria que le evite a todos los contribuyentes tener que pagar los errores causados por malas y desacertadas decisiones en materia contractual.

Recordando la gestión de Petro como alcalde de Bogotá, viene a mi memoria un debate en el concejo donde se reveló que casi el 90% de los contratos de la alcaldía fueron adjudicados directamente, lo que sugería un patrón de comportamiento que podría interpretarse como un alejamiento de los procedimientos legales.

De igual forma podemos observar falta de preocupación del presidente respecto a los convenios interadministrativos que involucran grandes sumas de dinero y se manejan sin licitaciones y con otros regímenes de contratación y que pareciera le gustan mucho a sus funcionarios.

Estamos en un escenario donde es indispensable la transparencia, legalidad y coherencia en la administración pública para preservar la democracia y el estado de derecho en Colombia. La decisión del presidente no solo cuestiona la integridad del proceso de contratación pública, sino que también plantea preocupaciones sobre la creación de la doctrina Petro, un Autoritarismo contractual.

VÍCTOR MUÑOZ
​Emprendedor, investigador, analista.

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