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Empleo

28 nov 2023 - 5:10 p. m.

¿Su empresa o empleador lo pueden obligar a tomar vacaciones?: esto dice la ley

Por cada año que el trabajador cumpla en el trabajo tendrá el derecho de tomar 15 días consecutivos de descanso.

Vacaciones laborales

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28 nov 2023 - 5:10 p. m.

Se acercan las festividades de fin de año, un periodo que muchos trabajadores suelen aprovechar para tomarse un descanso de las actividades laborales. 

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En Colombia, todo colaborador que cuente con un contrato laboral tiene derecho a unos días de vacaciones remunerados. Esta reglamentación se encuentra registrada en el Código Sustantivo del Trabajo.

De acuerdo con la normativa, los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un año pueden solicitar 15 días hábiles consecutivos de descanso, los cuales serán pagos. 

(Lea más: Prima de fin de año: ¿se puede solicitar este pago por adelantado?)

Tenga en cuenta que la fecha en la que se tomarán las vacaciones deberá ser señalada por el empleador, quien deberá informar con 15 días de anticipación el momento en el que se concederán. 

Ahora bien, la ley permite la acumulación de una parte de ese tiempo de descanso si se llega a un acuerdo previo con la empresa. Sin embargo, esto solo es posible por dos años, por lo que al acumular más de tres o cuatro periodos se corre el riesgo de prescripción. 

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(Más noticias: ¿Buscando trabajo en el exterior para hacerlo remoto? 'Tips' para conseguirlo fácil)

¿Me pueden obligar a tomar vacaciones?

La ley permite que la acumulación de vacaciones se haga parcialmente, puesto que exige disfrutar por lo menos 6 días hábiles continuos en cada año. 

En ese sentido, la normativa expone que el periodo de vacaciones puede dividirse, pero, en ningún caso, se puede descansar menos del número de días antes mencionado. 

En caso de que se presentará una interrupción justificada en el disfrute de ese tiempo de descanso, el trabajador no pierde el derecho a reanudarlo.

Recuerde que las vacaciones "deben ser concedidas oficiosamente o a petición del trabajador, sin perjudicar el servicio y la efectividad del descanso". Además, el empleador deberá llevar un registro en el que se condense: la fecha de ingreso del colaborador, la fecha en la que tomará su descanso (inicio y terminación) y el monto que recibirá.  

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