Carlos

Nuestra Política de Tratamiento de Datos Personales ha cambiado. Conócela haciendo clic aquí.

close

Gobierno

09 mar 2022 - 10:36 a. m.

Carrasquilla continuará en la Junta del Banco de la República

Consejo de Estado negó dos solicitudes de nulidad a la elección del exministro de Hacienda en el Emisor. Por ahora, seguirá.

Alberto Carrasquilla, nuevo codirector del Banco de la República.

Alberto Carrasquilla, codirector del Banco de la República.

POR:
Portafolio
09 mar 2022 - 10:36 a. m.

A través de dos demandas, una por supuesta violación a la ‘ley de cuotas’ y otra por infligir el sistema de frenos y contrapesos, se buscaba la nulidad de la elección del exministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, como integrante de la junta directiva del Banco de la República.

(Presentan demanda contra nombramiento de Carrasquilla en el Banrep). 

Sin embargo, el Consejo de Estado negó estas dos solicitudes, razón por la cual, por ahora, Carrasquilla continuará en el cargo, mientras el alto tribunal procederá a estudiar de fondo el caso, para lo cual solicitará pruebas y escuchará a las partes.

DEMANDAS

Para los demandantes, dado que el exministro reemplazó en el cargo a Carolina Soto, el presidente de la República violó la llamada ‘ley de cuotas’, que obliga a que el 30 por ciento de los cargos en entidades estatales sea ocupado por mujeres. Por lo que, aseguran, su reemplazante debió ser una mujer.

(Emisor oficializa nombramiento de Carrasquilla como nuevo codirector). 

Por su parte, otro de los demandantes considera además que el nombramiento viola el sistema de frenos y contrapesos, pues para él, la Constitución solo le permite al presidente nombrar a dos de los integrantes de dedicación exclusiva de la junta.

Para el Consejo de Estado, la Constitución faculta al presidente para nombrar a los integrantes de la junta y que no establece una manera distinta de elegirlos por falta absoluta como en este caso.

Alberto Carrasquilla: división de opiniones por su llegada al emisor). 

Por ello, dijo el alto tribunal, debe interpretarse que el nombramiento a cargo del presidente, en esta etapa del proceso, no evidencia el desconocimiento de norma alguna.

PORTAFOLIO

Destacados

Más Portales

cerrar pauta