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Gobierno

09 dic 2023 - 3:47 p. m.

Gobierno deroga norma de Código de Policía que prohibía porte y venta de drogas

La norma 1844 del 2018 daba facultades a la Policía para combatir el microtráfico de estupefacientes en espacios públicos como parques.

Marihuana

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Andrés Cristaldo. EFE - Archivo EL TIEMPO

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09 dic 2023 - 3:47 p. m.

Este jueves 7 de diciembre, el Gobierno del presidente Gustavo Petro firmó un decreto con el cual deroga una norma del Código de Policía que prohibía poseer, tener, entregar, distribuir y comercializar drogas o sustancias prohibidas.

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Se trata de la norma 1844 del 2018, que le había dado facultades a la Policía para combatir el microtráfico de estupefacientes en espacios públicos.  

En ese documento se incluía, además del procedimiento para la verificación, las consecuencias de la infracción y el protocolo para la incautación de las sustancias.

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Esta norma fue derogada a través del decreto 2114 de 2023, el cual fue firmado por los ministros de Defensa, del Interior y de Justicia. 

Según el decreto, con esta medida el Gobierno busca evitar "la criminalización de personas consumidoras de drogas a través de medidas correctivas" y "contrarrestar y atacar" la oferta de estas sustancias.

Decreto

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(Vea: Prohíben consumo de drogas en parques y espacios públicos).

La norma sostenía que "se prohíbe porte y consumo incluso de dosis mínima en parques de Colombia, se prohíbe porte y consumo de dosis mínima en los perímetros de los centros educativos y se hace la misma prohibición en estadios, polideportivos y escenarios deportivos”

Hay que recordar que en mayo, la Corte Constitucional volvió a permitir el porte de la dosis mínima de estupefacientes para consumo propio o de la dosis medicada en parques y espacio público, pero determinó que su consumo dependerá de que los concejos municipales y asambleas definan de manera expresa en qué parques y en qué áreas del espacio público sí se puede, y en cuales no.

En ese sentido, la Corte mantuvo la restricción del porte de sustancias psicoactivas en los parques y el espacio público si su fin es diferente al consumo de la dosis mínima, de la dosis medicada o de aprovisionamiento.

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