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Infraestructura

08 oct 2024 - 8:28 a. m.

Fallo de la Corte no afecta la existencia del Invir: esto dice Mintransporte

Según la cartera, no se afectaran proyectos en ejecución que adelanta el Invías, ni impide que se suscriban contratos con organizaciones sociales.

Vìas en zona rural

Vías en zona rural

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08 oct 2024 - 8:28 a. m.
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Luego de que la Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó dos disposiciones del Decreto 1961 de 2023 con el que el presidente Gustavo Petro, y su exministro de transporte, William Camargo, crearon y reglamentaron el funcionamiento del Instituto Nacional de Vías Regionales (Invir), que se dedicará a la construcción de vías terciarias, el Ministerio de Transporte destacó algunos puntos clave de esta decisión y aclaró que esta no afecta la existencia de la entidad, ni impide que se suscriban contratos ni convenios con organizaciones sociales.   

(Le puede interesar: Tumban facultad del Invir para contratar directamente con organizaciones sociales). 

"Respecto al Invir, es necesario precisar que el fallo no afecta su existencia. La facultad para contratar de manera directa con las comunidades y Juntas de Acción Comunal no se expidió con las normas de creación de Invir, sino que existe en diversas normas del ordenamiento jurídico que a la fecha se encuentran vigentes", dijo el Ministerio de Transporte, en un comunicado.

(También le recomendamos: Invir: ¿cómo funcionará esta nueva entidad del Gobierno Nacional?).

En él explica, además, que la decisión de la Corte Constitucional no afecta los proyectos en ejecución que adelanta el Invías, ni impide que se sigan suscribiendo contratos o convenios con organizaciones sociales y con sujetos de especial protección constitucional dado que, la contratación directa con este tipo de organizaciones no tuvo origen en las disposiciones declaradas inexequibles por la Corte, sino que se remonta a normas como la Ley 2160 de 2021, que faculta la contratación directa, sin límite de cuantía con Cabildos indígenas, Asociaciones de Autoridades Tradicionales Indígenas, Consejos Comunitarios de las comunidades negras y Organizaciones de Base de personas pertenecientes a comunidades Negras Afrodescendientes, Raizales y Palenqueros (NARP), dirigida al fortalecimiento del gobierno propio, la identidad étnica y cultural, el ejercicio de la autonomía, y/o la garantía de sus derechos; la Ley 2166 de 2021, que habilita la contratación directa hasta la menor cuantía, con Organismos de Acción Comunal bajo la tipología de Convenio Solidario, y la Ley 2294 de 2023 que establece que en el marco de los objetos determinados en la Ley 2160 de 2021, se contemplarán la ejecución de obras públicas que impliquen actividades de mantenimiento y/o mejoramiento de infraestructura de transporte, con los cabildos y demás organizaciones indígenas para la ejecución de obras o la provisión de bienes y servicios.

Vías terciarias

Vías terciarias.

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(Además: Surgen las primeras alertas por la creación del Invir).

La cartera indicó que pese a la decisión, "seguirá impulsando el desarrollo de contratos y convenios con las organizaciones populares autorizadas por la ley, con sujeción a los límites de cuantía previstos en el ordenamiento jurídico y con estricto cumplimiento de los principios de la contratación estatal que resulten aplicables y que garanticen la ejecución de los recursos públicos en condiciones de transparencia y economía, bajo criterios de selección objetiva y libertad de concurrencia".

Para el 2024 fueron asignados para el mejoramiento y mantenimiento de vías regionales recursos por un valor de $469.648 millones a ser ejecutados a través del programa Caminos Comunitarios de la Paz Total. A la fecha se han suscrito 1.051 convenios de los 1.100 programados.

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