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Economía

13 jul 2020 - 11:16 a. m.

Multa a Cifin por incluir sanciones políticas en historial crediticio

La SIC encontró que la Central de Información Financiera incluyó información que no era de carácter crediticio en el historial de 288.753 colombianos.

Business

Además de pagar la multa, Cifin deberá suprimir de la historia de crédito de todos los titulares de información financiera, crediticia y comercial la leyenda “suspensión por derec”.

123rf

POR:
Portafolio
13 jul 2020 - 11:16 a. m.

La Superintendencia de Industria y Comercio impuso una multa por $702.242.400 a la Central de Información Financiera (Cifin), por incluir información que no era de carácter financiero o crediticio en el historial de 288.753 colombianos.

(La Cifin pasa a manos de la firma TransUnion Netherlands). 

La denuncia llegó a la SIC, remitida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia después de que un ciudadano manifestara que le había sido negado el derecho a un crédito por luego de haber estado privado de la libertad se le había incluído en su historial crediticio la leyenda “suspensión por derec” (suspensión por derechos), un hecho que generó el rechazo de la Corte.

(El 88% del reporte en Cifin es positivo, resalta la banca). 


“(…)Es una situación que merece el reproche de éste Cuerpo Colegiado, pues no es dable que dicha entidad mantenga en sus bases de datos información no relacionada con temas comerciales y financieros, cuando tal como se ha precisado en diversos precedentes jurisprudenciales, las bases de datos tienen una función específica de recaudar información de acuerdo a la órbita de sus competencias”, expresó la Alta Corte.

Durante la investigación adelantada por la SIC se pudo determinar que Cifin S.A.S había incluido la citada leyenda en la historia crediticia de 288.753 ciudadanos en la que se señalaba que aquellas personas tenían sus derechos políticos suspendidos por una orden judicial.

Esta Autoridad consideró que en la historia de crédito de los ciudadanos no puede incluirse información que no sea financiera o crediticia, tal y como se ha sostenido la Corte Constitucional en la Sentencia T-167 de 2015, ya que se hace una diferenciación injustificada y discriminatoria.

Además de pagar la multa, Cifin deberá suprimir de la historia de crédito de todos los titulares que aloja en el banco de datos de información financiera, crediticia y comercial la leyenda “suspensión por derec”.

Finalmente también deberá abstenerse de volver a incorporar en la historia de crédito de los titulares que aloja en el en el banco de datos de información financiera, crediticia y comercial la leyenda “suspensión por derec”.

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