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30 abr 2024 - 4:20 p. m.

Cómo tramitar la cédula digital sin costo, dependiendo de su nivel del Sisbén

Existen algunos grupos poblacionales que pueden realizar este trámite de forma gratuita. Le contamos quiénes están exentos de este pago. 

Cédula digital

Cédula digital

Registraduría Nacional

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30 abr 2024 - 4:20 p. m.
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Desde hace unos años la Registraduría Nacional viene promoviendo la implementación de la cédula digital en el territorio nacional. Esto con el objetivo de facilitar a los ciudadanos el acceso a servicios que actualmente requieren la presentación del documento.

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Este mecanismo de identidad, además, permite realizar procesos digitales seguros y evitar que se dé lugar a la suplantación. 

Si bien su trámite tiene un costo, existen algunos grupos poblacionales que están exentos de este pago. Entre los ciudadanos que pueden obtener la cédula digital de manera gratuita se incluyen todos los subgrupos pertenecientes al grupo A del Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (Sisbén).  

Para verificar quienes hacen parte de este beneficio, la Registraduría cuenta con un aplicativo conocido como 'Sisbénweb'. Esta herramienta les permite a las sedes de la entidad a nivel nacional consultar las personas que se encuentran acreditadas en el sistema para aplicar a la exoneración del cobro. 

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Cédula de ciudadanía

Cédula de ciudadanía

Registraduría Nacional

(Vea: Razones por las que la Corte endureció requisitos para dar el ‘salto’ a Colpensiones)

Otras excepciones

Tenga en cuenta que el valor del trámite, que actualmente ronda los $63.050 pesos, aplica para quienes van a solicitar un duplicado de su cédula. En ese sentido, los jóvenes que acaban de cumplir la mayoría de edad y tramitan este documento por primera vez no deben pagar el monto fijado para su expedición,

Sin embargo, este no es el único caso en el que se aplica la exoneración. También existen otros grupos poblacionales que pueden hacer el proceso de forma gratuita, incluyendo: 

- Personas con discapacidad.

- Personas desplazadas por la violencia e inscritas en el Registro Único de Víctimas – RUV.

- Comunidad LGBTI+ en condición de vulnerabilidad.

- Persona con discapacidad en condición de pobreza.

- Repatriados.

- Habitantes de comunidades y pueblos indígenas.

- Víctimas de catástrofes, desastres naturales.

- Desmovilizados, en proceso de reincorporación y desvinculado.

Recuerde que el derecho a la exoneración aplica por una sola vez y también cobija a los colombianos que se encuentran en el exterior. 

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