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21 mar 2024 - 6:46 a. m.

Los plazos que tiene para pagar el 50 % de su multa de tránsito

Según la Secretaría de Movilidad de Bogotá, estos cambian según el tipo de infracción.

Multas de tránsito

Multas de tránsito

César Melgarejo / Portafolio

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Las multas de tránsito, por lo general, son infracciones que pueden ocasionar un dolor de cabeza para muchas personas; sin embargo, es una obligación por la que hay responder.

Esto es sabido por las autoridades, las cuales han habilitado diferentes métodos para que los infractores puedan pagar de una manera más sencilla. Uno de estos es el descuento del 50 % en el costo total de la multa.

(Más: Recomendaciones para no caer en fraudes en el pago de impuestos en Bogotá).

Según estipula el Artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, las infracciones se clasifican en diferentes categorías (clase A hasta la F). En el caso de los comparendos tipo F, pueden derivar en la cancelación de la licencia de conducción y la inmovilización del vehículo, es decir, es el tipo de multas más severas.

(Lea: Cómo sería el nuevo modelo de servicio de aseo que se contempla para Bogotá).

Multas de tránsito

Multas de tránsito

Archivo EL TIEMPO

En cuanto a los descuentos, la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá establece los requisitos para obtenerlo. En le caso de las multas notificadas en vía, los conductores puede obtener un 50% de descuento en el valor de la sanción si realizan el curso y efectúan el pago dentro de los cinco días hábiles posteriores a la imposición de la sanción.

(Le recomendamos: Así funciona la plataforma para denunciar conductores imprudentes).

Ya hablando de los comparendos electrónicos, el descuento del 50 % se aplica si y solo si se realiza un curso pedagógico y el pago entre el primero y el undécimo día hábil siguiente a la fecha de la imposición de la multa.

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