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Jubilación

16 feb 2024 - 4:06 p. m.

Las nuevas reglas que puso la Corte para cotizar semanas de pensión en Colombia

La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema sentenció que el proceso ya no se hará con meses de 30 días. 

Pensión en Colombia

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16 feb 2024 - 4:06 p. m.

La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia estableció algunos ajustes respecto a cómo se deben contabilizar las semanas de cotización a pensión.

(Lea más: La edad máxima hasta la que puede trasladarse de un fondo de pensiones a otro)

El alto tribunal explicó que a la hora de establecer el número de semanas que un ciudadano cotizó para su pensión, el cálculo deberá realizarse en días calendario; contrario a la facturación y el pago de los aportes para pensión, en cuyo caso, el mes tiene un periodo de 30 días. 

En ese sentido, la sentencia de la Corte aclara que "la cotización se calcula en relación con el salario mensual o el ingreso percibido en el mismo período, sin perjuicio de que el período mensual de trabajo que cubre la cotización se contabilice en 28, 30 o 31 días, según corresponda, para ser transformados en semanas cotizadas mediante la división por siete, es decir, para efectos de establecer el número de semanas cotizadas el año debe tomarse según el calendario, esto es, 365 o 366 días, según corresponda”. 

De esta manera se busca garantizar que en el cálculo de las semanas cotizadas para pensión se tengan en cuenta todos los días laborados y cotizados “para lo cual el mes ya no se contabiliza con 30 días, ni el año con 360 días, sino con los días que en realidad tuvo”.

(Lea más: Por qué la reforma pensional incrementaría la cotización algunos jubilados)

Pensión

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(Vea: ¿Quiere jubilarse en Estados Unidos? Este es el dinero que necesita)

La corporación también señala que este cambio puede hacer la diferencia a la hora de reconocer o no una prestación, pues, bajo la nueva óptica de la Sala de Casación Laboral, "todo día cotizado se suma para ser transformado en semanas mediante la división por siete, arrojando así el número de cotizaciones a tener en cuenta”. 

La decisión de la Corte se presenta tras estudiar el caso de una mujer que, a nombre propio y de sus dos hijos menores de edad, le solicitó a Colpensiones que les reconociera la pensión de sobrevivientes de su esposo fallecido.

La prestación había sido negada por el Tribunal Superior de Bucaragamanga por considerar que el beneficiario de la pensión no cumplió con el requisito de cotizar 50 semanas en los últimos tres años anteriores a su deceso. 

Al hacer el cálculo con los 30 días calendario (360 días al año) se establecía que el causante de la pensión alcanzaba a sumar 344 días, es decir, 49,14 semanas; mientras que bajo el nuevo criterio de la Corte esta cifra suma 348 días que, al ser divididos por 7, dan un total de 49,71 semanas, lo que permitía hacer la aproximación a 50. 

(Vea: Pensionados que reciban hasta 3 salarios mínimos tendrán reducción en aportes a salud)

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