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Vivienda

04 jun 2024 - 1:13 p. m.

Casos en los que el inquilino debe pagar al arrendador una indemnización, según la ley

Al momento de firmar un contrato de alquiler quedan establecidos los términos del acuerdo. Esto es lo que dice la normativa. 

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04 jun 2024 - 1:13 p. m.
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Cuando se arrienda un inmueble, tanto el inquilino como el arrendador deben tener claros los términos en los que se establece el contrato. Esto considerando que en este documento quedan condensadas las obligaciones que deben cumplir las partes para la correcta ejecución del acuerdo. 

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Una de esas reglas de juego tiene que ver con las situaciones que están sujetas a una indemnización. En ese contexto, le contamos en qué casos el arrendatario tendría que otorgarle este beneficio al arrendador. 

Terminación anticipada

De acuerdo con la ley 820 de 2003 (normativa que fija los criterios de regulación de los contratos de alquiler en Colombia) señala que el arrendatario puede dar por terminado el acuerdo de manera unilateral y sin justa causa antes del plazo previsto. 

En este caso, la norma indica que el inquilino debe avisar con tres meses de antelación y realizar el pago de una indemnización equivalente al precio de tres meses de arrendamiento.  

(Vea: Tenga en cuenta: así puede calcular si lo que le cobran de arriendo es lo justo)

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Daños al inmueble

Al firmar un contrato de alquiler, quien toma el inmueble deberá cumplir con una serie de obligaciones propias de la figura de arrendatario.

Dentro de estos deberes se incluye el cuidado del espacio y de las cosas recibidas en arrendamiento, puesto que de existir daños o deterioros, el arrendatario tendrá que cubrir los gastos de sustitución. 

"En caso de daños o deterioros distintos a los derivados del uso normal o de la acción del tiempo y que fueren imputables al mal uso del inmueble o a su propia culpa, (es obligación del arrendatario) efectuar oportunamente y por su cuenta las reparaciones o sustituciones necesarias", señala la norma.  

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