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Vivienda

25 sept 2024 - 1:02 p. m.

¿Se puede alquilar el parqueadero de un apartamento que está desocupado?

La ley 675 del 2001 establece límites para el uso de estos espacios en propiedad horizontal.

Parqueadero

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25 sept 2024 - 1:02 p. m.
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En propiedad horizontal conviven dos espacios: el público y el privado. El privado es el apartamento de cada individuo, desde la puerta de entrada. El público comprende las zonas comunes del edificio: pasillos, portería, gimnasio y zonas verdes. Pero, ¿a cuál de estas categorías pertenece el parqueadero?

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De acuerdo con la cartilla de propiedad horizontal del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la Ley 675 del 2001 establece que: "el reglamento de administración de la propiedad horizontal no podrá contener normas que prohíban la enajenación o gravamen de los bienes de dominio privado, ni limitar o prohibir la cesión de los mismos a cualquier título", indica el parágrafo 4 del artículo 5.

Así las cosas, si el parqueadero venía asignado al apartamento al momento de la venta, el parqueadero pasa a ser propiedad privada del ciudadano, y solo él podrá arrendar el parqueadero. En ese caso, el propietario debe pedir autorización a la administración para poder ingresar personas ajenas al conjunto, y deberá hacerse responsable de los daños que ese extraño cause.

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Parqueadero

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En caso de que el apartamento cuente con parqueadero exclusivo, pero esté desocupado, la administración no podrá arrendar ese parqueadero. La potestad sobre el espacio es del propietario, quien deberá autorizar cualquier uso del mismo.

Los propietarios de bienes privados que tienen a su cargo parqueaderos considerados como bienes comunes de uso exclusivo, de acuerdo con el reglamento de propiedad horizontal, deben ser utilizados únicamente por el propietario al cual se le ha sido asignado, aún más en razón a que este debe pagar por el uso exclusivo", afirma el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

En caso de no tener parqueaderos exclusivos por cada apartamento y su asignación deba ser por sorteo, se deberá priorizar en el sorteo a los propietarios, no a los externos. 

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Parqueadero en Bogotá

Parqueadero en Bogotá

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Los únicos parqueaderos que son potestad de la administración son los de visitantes. Y, según la ley, deben ser usados únicamente por visitantes directos de propietarios. 

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