Las tarifas del impuesto de vehículos en Colombia han sido anunciadas por el Gobierno nacional a través de un decreto que ajusta los valores de este gravamen para los automotores.
Este ajuste, aplicable en el territorio colombiano a partir del año 2024, se realiza según el artículo 145 de la Ley 488 de 1998. Dichos valores, utilizados como base para las tarifas del impuesto, son actualizados anualmente por el Gobierno.
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En consonancia con el artículo 3 de la Ley 242 de 1995, que establece que el Gobierno debe considerar la meta de inflación como una estimación del comportamiento de los precios para el año de aplicación.
Con la confirmación de la junta directiva del Banco de la República de la meta de inflación para el 2024 del 3%, a partir del 1 de enero de 2024, se implementarán nuevos valores absolutos para las tarifas del impuesto sobre vehículos automotores.
Las tarifas para vehículos particulares se aplicarán de la siguiente manera:
a) Vehículos de hasta $54.057.000, pagan un impuesto del 1,5 %.
b) Carros con un valor entre $54.057.000 y $121.625.000, pagan el 2,5 %.
c) Automóviles de más de $121.625.000, el impuesto será del 3,5 %.
(Vea: Aprenda a leer las señales del tablero de su carro: qué significa la de 'Check engine').
Es importante destacar que el documento fue emitido por el Ministerio de Hacienda y lleva la firma del jefe de cartera, Ricardo Bonilla.
Por otra parte, cabe señalar que en caso de que usted sea dueño de un automóvil eléctrico, tiene unos beneficios particulares, como una reducción de impuestos en comparación con los vehículos a gasolina y tarifas diferenciadas.
Además, los autos eléctricos reciben un 10% de descuento en el SOAT y en la revisión técnico-mecánica.
Otro beneficio es que están exentos del pico y placa, es decir que pueden circular en el día sin carro correspondiente a cada ciudad. Por último,