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Finanzas

03 oct 2024 - 4:56 p. m.

Requisitos para tener tarifa especial en peajes Río Bogotá y El Corzo, en Cundinamarca

El número de beneficiarios pasará de 24.632 a casi 50.000 en los municipios de Madrid, Mosquera, Funza, Facatativá, Zipacón y Bojacá, según Invías.

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Agencia Nacional de Infraestructura

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03 oct 2024 - 4:56 p. m.
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El Instituto Nacional de Vías (Invías) definió nuevos requisitos que deben cumplir los residentes, arrendatarios y quienes desarrollan alguna actividad laboral y/o comercial en los municipios de Mosquera, Madrid, Funza, Facatativá, Bojacá y Zipacón (Cundinamarca), para acceder a una tarifa especial por el paso de los vehículos por los peajes Río Bogotá y El Corzo, en el corredor vial Fontibón-Facatativá-Los Alpes.

Los nuevos requisitos buscan aumentar el número de beneficiarios para acceder al beneficio.

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Pasaremos de 24.632 a cerca de 50.000, y se mantendrá en 500 pesos esa tarifa especial. De esta manera, el Gobierno del Cambio honra su palabra para atender los requerimientos de las comunidades”, indicó Mauricio Céspedes Solano, director Técnico y de Estructuración del Invías.

Las medidas hacen parte de los acuerdos alcanzados con los representantes de las comunidades de los municipios aledaños al peaje. Las nuevas regulaciones se encuentran en la Resolución No. 4617 del 01 de octubre de 2024. 

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Para acceder al beneficio, los propietarios de los vehículos, residentes, arrendatarios y las personas que se desplazan diariamente a trabajar o desarrollar alguna actividad comercial, deben tener vigente el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat), el vehículo estar al día con la revisión técnico mecánica y no tener comparendos pendientes.

Estos son los requisitos para ser beneficiario

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1. Quienes hayan residido en forma continua e ininterrumpida, como mínimo durante los tres (3) años anteriores a la fecha de radicación de la solicitud de tarifa especial.

2. Vehículos y empresas de servicio público de transporte terrestre cuyas rutas tengan origen en
Bogotá con destino final a cualquiera de los municipios referidos para el beneficio.

3. Empleados de las entidades públicas o empresas privadas, debidamente certificados por la Entidad o empresa que corresponda, con indicación expresa que el solicitante desempeña sus labores permanentemente en cualquiera de los municipios indicados.

4. Vehículos de las empresas, entidades o instituciones, según sea empresa pública o privada, con asiento jurídico o comercial en alguno de los municipios referenciados.

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Para más beneficio, no habrá un tope de viajes que puedan realizar con la tarifa especial, esta será válida todas las veces requeridas.

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