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Gobierno

01 oct 2024 - 7:43 p. m.

Corte Constitucional revisará tutela de accionistas de Sanitas contra la Supersalud

La acción interpuesta responde a supuestas irregularidades en la intervención forzosa de la EPS.

EPS Sanitas

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Juan Davis Camacho - El Tiempo

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Cristina Pardo Schlesinger, magistrada de la Corte Constitucional, anunció que el alto tribunal revisará una tutela presentada por los accionistas de la EPS Sanitas y su entonces presidente, Juan Pablo Rueda, contra la decisión de la Superintendencia de Salud que ordenó la intervención forzosa de la entidad promotora de salud, hecha en el mes de abril.

"Accionistas de la EPS Sanitas presentaron una acción de tutela para proteger a sus usuarios del riesgo en el que están, según los demandantes, con ocasión de la toma de posesión de la EPS por parte del Gobierno Nacional. El criterio de selección es un asunto novedoso", indicó Pardo en las últimas horas.

De hecho, Juan Pablo Rueda había presentado una acción de tutela contra la Supersalud, la cual también fue suscrita por delegados de la clínica Colsanitas S.A., Medisanitas S.A.S., la Compañía de Medicina Prepagada Colsanitas S.A. y Keralty S.A.S.

(Puede leer: La EPS que estaría entregando medicamentos a personas fallecidas, según denuncia).

Corte Constitucional

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Cortesía

En dicha acción judicial, alegaron aparentes irregularidades en el proceso de intervención, por parte del superintendente Luis Carlos Leal, advirtiendo que él tenía supuestos conflictos de interés y que la separación de la Asamblea de Accionistas de la EPS fue ilegal; mencionando que "la intervención carece de respaldo probatorio y un análisis serio" y que "se expidió con base en un informe rendido el día anterior a la toma de posesión que tiene errores protuberantes y manifiestos".

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Los accionistas de la EPS intervenida también alegaron en la tutela que la toma de posesión podría generar un perjuicio irremediable para 5,7 millones de usuarios, pues la Supersalud "podría adoptar medidas que acaben con la existencia legal de EPS Sanitas".

En la tutela, en la que los representantes de la EPS Sanitas invocaron la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, y a la libertad de asociación, se agrega que, históricamente, las tomas de posesión "han concluido con la liquidación de las EPS intervenidas".

EPS Sanitas

EPS Sanitas.

Archivo EL TIEMPO

Cabe mencionar que esta tutela ya había sido desestimada por el Tribunal Superior de Bogotá y por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia.

El Tribunal de Bogotá, en su momento, advirtió que los accionistas de la EPS no acreditaron un perjuicio incorregible por cuneta de la intervención. Aseguran que es imposible afirmar "el riesgo de un daño grave porque el acto administrativo que dispuso la toma de posesión está sujeto al control de la jurisdicción contencioso-administrativa e incluso se está a la espera de que se resuelva el recurso de reposición contra la resolución".

(Puede leer: En qué están las EPS que se encuentra en proceso de retiro del sistema de salud).

El Tribunal, además, dijo que "los accionistas contaron con la posibilidad de ejercer su derecho de contradicción y el proceso de toma de posesión está respaldado por las competencias legítimas de la Superintendencia y las actuaciones de esta gozan de una presunción de legalidad, la cual debe ser refutada ante el juez competente".

Y añadió: "(...) el procedimiento de intervención para administración o para liquidación están regulados, por lo que en un estado democrático de derecho no debe ser la arbitrariedad del funcionario la que se imponga, sino las normas que los rigen".

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*Con información de EL TIEMPO - JUSTICIA

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