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Gobierno

16 ago 2024 - 10:59 a. m.

Nuevo intento del gobierno Petro para contratar a dedo con organizaciones comunales

Esto se hará por medio de la figura de Asociaciones Público-Populares y beneficia también a las juntas de Acción Comunal.

Obras civiles

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Archivo particular

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Desde que estaba en campaña, el presidente Gustavo Petro ha puesto sobre la mesa en varias oportunidades una modalidad de contratación pública que, según él, es necesaria para impulsar la economía y el desarrollo del país desde las bases, apostándole a la ejecución de pequeñas obras y proyectos con entidades sin ánimo de lucro y juntas de Acción Comunal, enfocados en la solución de necesidades comunitarias.

Es por esto, que basado en dos normativas (Decreto 1082 de 2015 y la Ley 1551 del 2012), desde que comenzó su Gobierno ha venido impulsando la contratación directa con este tipo de organizaciones, mayoritariamente las juntas de Acción Comunal, en montos de mínima cuantía, es decir, de menos de 40 salarios mínimos mensuales, principalmente para obras como construcción de vías terciarias y labores de reparcheo.

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Si bien para el jefe de Estado estas cuentas eran correctas y cumplían los requisitos de ley, dos decisiones de las altas cortes frenaron estos planes,. Por un lado,  el Consejo de Estado suspendió provisionalmente la orden a los entes territoriales del orden nacional, departamental, distrital y municipal para que celebraran lo que el Gobierno denominó como ‘convenios solidarios’, únicamente con organismos de acción comunal.

Así mismo, la Corte Constitucional evalúa desde junio una demanda de inconstitucionalidad contra la posibilidad de contratar por mínima cuantía con este tipo de organizaciones. Es por esto que el presidente Petro dio nuevos pasos para no desfallecer en la búsqueda de este objetivo, pese a las alertas que se han lanzado al respecto.

Obras

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Archivo EL TIEMPO

Nuevo decreto

El pasado 08 de julio, la Presidencia de la República expidió el Decreto 0874 del 2024 con el cual crea otra vía para intentar nuevamente contratar a dedo con las Juntas de Acción Comunal y, ahora con organizaciones de la economía popular, mediante una figura que se centra una vez más en esos contratos por debajo de los 40 salarios mínimos mensuales.

Así las cosas, con esta normativa “se adiciona el Título 16 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, con el fin de reglamentar el artículo 100 de la Ley 2294 de 2023, sobre las Asociaciones Público-Populares”. Esta última es precisamente la nueva figura que reabre el debate sobre los cambios en las formas de contratación que busca el Gobierno.

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De acuerdo con el decreto firmado, los contratos realizados por medio de Asociaciones Público-Populares (APPo) estarán sometidos al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y a los principios de la función pública y las normas presupuestales aplicables, razón por la cual se deberán respetar los topes establecidos.

Gustavo Petro

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EFE

Así mismo, deja claro que solamente podrán ser celebrados cuando su objeto se ciña a las finalidades señaladas “de manera expresa” en el Plan Nacional de Desarrollo, que son: ejecución de obras, adquisición de bienes y servicios relacionados con infraestructura social, viviendo rural, vías terciarios y caminos vecinales, cultura, infraestructura productivo local o proyectos de eficiencia energética.

Estos contratos también deberán ser para la producción de alimentos, suministro de bienes y servicios, gestión comunitaria del agua, saneamiento básico, economía del cuidado, fortalecimiento ambiental y comunitario y adquisición de productos de origen o destinación agropecuarios, entre otros.

“Se entiende por economía popular a los oficios y ocupaciones mercantiles relacionados con la producción, distribución y comercialización de bienes y servicios, y no mercantiles, que hagan referencia a actividades domésticas o comunitarias, desarrolladas por unidades económicas de baja escala ya sea personales, familiares, micro-negocios o microempresas, en cualquier sector económico”, dice el decreto presidencial.

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Punto de discordia

La parte que llama la atención en esta norma radica en la parte que dice que los actores de la Economía Popular pueden realizar sus actividades de manera individual, en unidades económicas, u organizados de manera asociativa”, con lo cual se recae nuevamente en los errores que han advertido los mismos tribunales sobre la contratación a dedo, ya que, en otro apartado se dice que la justificación de los contratos queda a discreción de la entidad que lo celebre.

“Para celebrar una APPo, la Entidad Estatal debe establecer dentro de los Documentos del Proceso la conveniencia de uso de la APPo con base en las necesidades identificadas de la Entidad Estatal, indicando el impacto estimado en la economía popular con la suscripción del contrato, la utilización de la tipología y la consistencia entre el objeto del contrato y el alcance del presente título”, agrega el decreto.

Otro punto que menciona este decreto son los requisitos para que personas y organizaciones puedan presentarse como parte de la economía popular, los cuales arrancan por el debido registro ante el Secop y el cumplimiento de los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo.

La Entidad Estatal deberá garantizar la publicidad de los procedimientos, documentos y actos asociados a los Procesos de Contratación adelantados por la tipología contractual reglamentada en el presente Título. La publicidad a que se refiere este artículo se hará en la página web de la Entidad Estatal correspondiente y en el Secop”, advierte.

Pesos colombianos

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Por último, como un mecanismo de protección a los pequeños productores, la norma señala que en situaciones de emergencia y desastres, se podrán comprar de manera directa productos agropecuarios de pequeños productores agrícolas y campesinos que hayan sido afectados y donarlos al Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.

Así las cosas, quedará en manos de las altas cortes viabilizar este proceso y saber si se puede o no llevar a cabo este tipo de contrataciones que quiere adelantar el Gobierno Nacional o si, como ya pasó en otros momentos, se caen por riesgos a las finanzas del Estado. 

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